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Ayudas económicas para víctimas de crueldad de género

En el Sistema Público de Empleo hay una asistencia particular para las víctimas de crueldad de género.  Requisitos y de qué forma pedirla.  

Charlamos de la Renta Activa de Inserción (RAI), pero asimismo hay otras ayudas auxiliares.

Géneros de ayudas para víctimas de crueldad de género

Para las mujeres víctimas de crueldad de género o doméstica, hay múltiples clases de ayudas:

1) La asistencia de pago único

Esta asistencia se debe pedir en los Servicios Sociales de cada Red social Autónoma. Cada uno de ellos tiene su normativa, que lleva a cabo la regulación estatal (Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Crueldad de Género).

Como ejemplos: La capital de españa, Andalucía, Cataluña, etcétera. Están libres en todas y cada una de las webs de cada Red social. Si tienes adversidades para conseguir la tuya, indícalo en la sección de comentarios y te facilitaremos el link actualizado.


2) La Renta Activa de Inserción RAI para víctimas de crueldad de género

La RAI es una asistencia excepcional concebida para esas personas que no tienen la posibilidad de entrar a otro subvención y hallan destacables adversidades para localizar trabajo : parados de extendida duración mayores de 45 años, discapacitados, emigrantes retornados o víctimas de crueldad de género o doméstica, que es la que examinamos en el artículo.

La RAI tiene una normativa concreta, no se regula por la Ley General de la Seguridad Popular como el resto de los subsidios, sino más bien por el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre. En él se establecen los requisitos para cobrar la asistencia, en un caso así, por ser víctima de crueldad de género o doméstica:

 

  • Acreditar la condición de víctima de crueldad de género o víctima de crueldad doméstica a través de certificación de los Servicios Sociales de la Administración competente o del centro de acogida, por resolución judicial, orden de protección, o informe del Ministerio Fiscal.
  • Ser menor de 65 años.
  • No convivir con el atacante
  • No tener capital propios superiores a 723,75 € por mes (cifra establecida como encuentre de rentas para 2021).
  • Que la suma de los capital por mes logrados por todos los integrantes de la unidad familiar, (el solicitante, su cónyuge y sus hijos inferiores de 26 años), dividida por el número de integrantes que la conforman no pase 723,75 € por mes.
  • No ser beneficiario de tres Programas de Renta Activa de Inserción precedentes, por el hecho de que la RAI unicamente se puede cobrar como máximo a lo largo de tres años seguidos, en la situacion de victimas de crueldad.

 

¿Cuánto dura la asistencia y cuánto se cobra?

La prestación se puede cobrar a lo largo de 11 meses y renovarse después hasta cobrarla en un total de tres anualidades. Se cobra el 80% del IPREM (indicio público de renta de efectos múltiples), lo que en 2021 son 451 euros por mes. Mientras que se cobra la RAI no se cotiza por jubilación a la  Seguridad Popular, pero si por prestación sanitaria y protección a la familia.

Dónde enseñar la petición de la Renta Activa de Inserción (RAI)

Las peticiones se muestran en las Áreas de trabajo del Servicio Público de Empleo pidiendo cita previa.  Otra alternativa, si se tiene certificado digital o documento nacional de identidad electrónico, es emplear la sede electrónica del SEPE para gestionar la petición. Si no se tiene estos medios de identificación segura, se puede usar el formulario de pre-petición en línea, que asimismo deja mandar la petición por Internet.

Quien las soluciona estas peticiones es la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal SEPE y tardan entre uno y un par de meses.

 

Documentación precisa

Modelo oficial de petición (bajar aquí). El impreso de petición tiene dentro:

La declaración de rentas de la persona solicitante y de los familiares que convivan con ella o estén a su cargo, el impreso de domiciliación bancaria, el deber de actividad y la autorización de solicitud de información a la Agencia Tributaria.

– Documentos de identificación del solicitante y de los integrantes que convivan o estén a su cargo y que figuren en la petición, o sea, el DNI o la Tarjeta de identidad del extranjero, Libro de Familia, o archivo semejante en la situacion de extranjeros.

– Va a deber acreditarse la condición de víctima de crueldad de género o doméstica aportando sentencia judicial, orden de protección judicial, informe del Ministerio Fiscal o informe de los servicios sociales de la administración pública competente (autonómica o local) o casa de acogida.

 

Obligaciones concretas de quien pide la RAI

En la RAI es primordial continuar renovando la demanda de empleo, o sea, no dejar de sellar la tarjeta del paro en la fecha sosprechada. Descuidarse de sellar el paro supone perder la asistencia de un año.  El incumplimiento de las obligaciones en la situacion de la RAI, tiene la máxima sanción : baja total en el software, con lo que hay que estar muy pendiente si se cobra esta asistencia.

Si se dejan de reunir los requisitos (por aumento de rentas, por comenzar a trabajar, etcétera) hay que comunicarlo siempre y en todo momento a la oficina de empleo.

La RAI tiene un régimen particular que deja simultanear en el transcurso de un intérvalo de tiempo de tiempo la percepción de la asistencia y el trabajo a tiempo parcial y terminado.

 

¿Qué ocurre si la persona que padece la crueldad tiene un trabajo?

En estas situaciones en los que existen una orden judicial de protección o del Ministerio fiscal,  se puede soliciar a la compañía la baja o una suspensión temporal del empleo. En estas situaciones la trabajadora está en situación legal de desempleo y si cumple los requisitos de tener suficientes cotizaciones precedentes, va a poder soliciar la prestación contributiva o el subvención por cotización deficiente.

Asimismo hay otras medidas de protección laboral, sosteniendo el empleo, que enseñamos en esta guía :  los derechos laborales de las víctimas de crueldad de género.

3)  Protección particular mediante otras ayudas públicas

Siempre y en todo momento aconsejamos a las mujeres que padecen crueldad que consulten con los servicios sociales de su red social autónoma todas y cada una de las ayudas libres, puesto que aparte de las de carácter estatal, las Comunidades Autónomas y municipios asimismo tienen medidas concretas de protección.

Aparte de las ayudas estatales que comentamos, hay que realizar particular mención al Ingreso Mínimo Escencial (IMV), para las mujeres victimas de crueldad de género en situación de puerta de inseguridad económica.

En todos los requisitos para recibir el Ingreso Mínimo Escencial hay mientes destacables a las víctimas de crueldad de género, de manera que se flexibilizan los requisitos para lograr entrar a esta novedosa asistencia de la Seguridad Popular.  Aconsejamos preguntar la guía de ingreso de esta asistencia y la regla que la regula, el RDL 20/2020.

 

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