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Subsidio por desempleo

El subsidio de desempleo no debe confundirse con las prestaciones de desempleo, te explicamos sus diferencias.

El subsidio por desempleo

El subsidio por desempleo es una prestación asistencial y no requiere como mínimo 365 días cotizados, su naturaleza es proteger a los que no son capaces de tener esas cotizaciones o hayan terminado el paro y prosigan sin trabajo. Se trata de una prestación para parados de larga duración.

El subsidio es una prestación por desempleo que no es no contributiva, ya que no se necesita cotizar 360 días para acceder a ella.

¿Cuáles son los requisitos para poder cobrar el subsidio por desempleo?

  • No pueden estar recibiendo rentas superiores al 75 por ciento del SMI-salario mínimo interprofesional (son 750 €/ mes en 2020).
  • Trabajadores desempleados que hayan acabado el paro o no posean cotizaciones suficientes para solicitarlo.
  • Estar dado de alta en los Servicios de Empleo Autonómicos de cada comunidad autónoma.

Éstos son los requisitos básicos y generales, por otro lado deben cumplir los específicos de cada subsidio.

¿Qué ayudas puedo pedir?

Dependerá de la situación que tenga cada trabajador, cada caso es diferente y podrá solicitar un subsidio u otro diferente.

A día de hoy, éstas son las ayudas por desempleo:

  • La ayuda familiar: Tienen la posibilidad de solicitarla los que tengan hijos a cargo de menos de 26 años o cónyuge que depende económicamente de él/ella.
  • Mejoría de una incapacidad o invalidez: Si ya contaban con pensión de invalidez y pierden la ayuda por mejorar de su enfermedad.
  • Subsidio por insuficiencia de cotización: Para los que no llegan a los 360 días al año cotizados. Si hay familia a su cargo necesita 3 meses y si no 6 meses para pedirlo.
  • Emigrantes retornados: Para españoles que hayan trabajado en países fuera del concierto europeo.
  • El subsidio Agrario y la Renta Agraria: Para eventuales que hayan trabajado en el campo de Extremadura y Andalucía.
  • Subsidio para los liberados de prisión: Por haber estado más de 6 meses ingresados en prisión, se han de inscribir en los 30 días siguientes de haber salido de prisión.
  • Para mayores de 45 años: Los solicitantes de empleo entre 45 y 52 años que hayan agotado el cobro del paro.
  • Subsidio para mayores de 52 años: Como requisito debe haber podido trabajar cotizando 6 años y puedes cobrarlo hasta que te jubiles.

¿Cómo solicitar el subsidio de desempleo?

  • Habiendo agotado la prestación contributiva (el paro), debes esperar un mes y solicitarlo los 15 días siguientes en el Servicio Público de Empleo Estatal, antes llamado INEM.
  • En el caso de no haber acumulado cotización para cobrar el paro, quince días desde la finalización en el trabajo para tramitarlo.

Hay que rellenar el Modelo de solicitud de Subsidio por desempleo añadiendo:

  • Documento Nacional de Identidad (los extranjeros Pasaporte y NIE o TIE).
  • Documento en el que aparezca el número de cuenta bancario para recibir el subsidio (debes ser titular de la misma).
  • Libro de familia o documento equivalente en extranjeros.
  • Justificante de rentas percibidas si el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) lo pide.

Modelo solicitud subsidio por desempleo

¿Cuánto se cobra?

Para 2020, el beneficiario de un subsidio por desempleo cobra una cantidad económica de 430,27 euros al mes, que es el 80% del IPREM en 2020.

El tiempo de duración de cada uno varía.

¿Qué hacer cuando se terminan los subsidios y se continúa estando desempleado?

Es habitual que después de acabarse el paro y el subsidio la persona aún esté desempleada, no tenga ningún ingreso y pueda tener cargas familiares.

Para ese tipo de situaciones, el S.E.P.E. tiene previsto las ayudas extraordinarias.

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