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Ayudas para familias varias

Las familias con tres o mucho más hijos, e inclusive en ciertos casos con 2, tienen la posibilidad de elegir a ciertas ayudas y provecho por familia abundante.

Ayudas para familias numerosas

¿Cuándo se cree que una familia es abundante?

Actualizado: 02/01/2022

En sentido riguroso, son familias varias aquellas que se tienen dentro por 2 ascendentes y tres o mucho más descendientes sean o no recurrentes, si bien como observaremos, la ley contempla asimismo otras ocasiones que asimismo se piensan familia abundante.

Las familias varias se dividen en 2 categorías y, en relación en que categoría te halles vas a tener aproximadamente provecho y /o ayudas:

Las familias varias de categoría general

 
En esta categoría están las familias varias en sentido riguroso (con tres o mucho más descendientes) y además de esto, todas y cada una aquellas que la ley compara a la familia abundante por otras situaciones particulares:
 

  • 1 ó 2 ascendentes con 2 hijos (sean o no recurrentes), en el momento en que cuando menos uno este incapacitado para trabajar es decir discapacitado.
  • 2 ascendentes discapacitados o 1 con una discapacidad superior al 65% o estén incapacitados para trabajar + 2 hijos.
  • Padre o madre separados/divorciados legalmente en el momento en que tengan 3 hijos bajo se dependencia económica, si bien no haya convivencia.
  • 2 o mucho más hermanos huérfanos de padre y madre que convivan con tutor legal, guardador o cuidador, pero no dependan a nivel económico de él.
  • 3 o mucho más hermanos huérfanos de padre y madre que sean mayores de edad (2 si uno es discapacitado) y dependan a nivel económico entre ellos.
  • Padre o madre con 2 hijos en el momento en que haya fallecido el otro progenitor.
  • Las familias varias de categoría particular

     
    Son aquellas en las que:

  • Tienen 5 o mucho más hijos.
  • Las que tienen 4 hijos, pero por lo menos tres de ellos han nacido por parto múltiple, acogimiento múltiple o adopción asimismo múltiple.
  • Las que tienen 4 hijos siempre y cuando los capital por cada integrante de la unidad familiar no superen el 75% del IPREM de forma anual vigente.
  • En el momento en que en la familia abundante hay hijos con discapacidad, estos computan doble en el momento de saber la categoría a la que forman parte.
  • ¿Exactamente en qué instante se estima que un hijo por el momento no pertenece a la familia abundante?

     

  • Los hijos, en el instante de casarse, dejan de estar integrados en la familia abundante de sus ascendentes.
  • En el momento en que cumplen los 21 años, salvo si son discapacitados, en tal caso, no hay límites de edad. Si está cursando estudios universitarios o de capacitación profesional, la edad límite va a ser la de 25 años.
  • En el momento en que por el momento no tenga dependencia económica de sus progenitores o tutor. Se comprende que hay dependencia económica en el momento en que el hijo no ingrese mucho más del salario mínimo interprofesional o de ser incapacitado, la pensión que reciba no pase el límite del salario mínimo interprofesional computado de manera de forma anual y también incluyendo las pagas poco comúnes. Asimismo en el momento en que el hijo contribuya a las cargas familiares, bien por el hecho de que solo haya un ascendente que no este activo o pues los ascendentes sean pensionistas y la pensión no pase el salario mínimo interprofesional de forma anual.

  • El título de familia abundante

     
    La condición de familia abundante se acredita mediante un título que se va a haber de pedir, si estas en los presuntos precedentes, al órgano competente de la Red social Autónoma. Este título tiene validez en todo el territorio nacional.

    Este título se materializa en un carnet de familia abundante que va a haber que actualizar en el momento en que cambien las situaciones por las que se dio el título. El carnet de familia abundante es único, más allá de que, una vez expedido se van a poder pedir tarjetas particulares que acrediten la pertenencia a una familia abundante para todos sus integrantes.

    La expedición de estos carnés es gratis.  Todas y cada una de las comunidades autónomas tienen información en sus portales de como pedir este título e inclusive, ciertas como La capital de españa, proponen la oportunidad de pedirlo en línea.

    ¿Qué género de ayudas tienen las familias varias?

     

    Ayudas en la Seguridad Popular

     

  • Hay una bonificación del 45 % de las cuotas a la Seguridad Popular en el momento en que se contrate a un individuo para precaución de los hijos y/o del hogar, siempre y cuando los progenitores o tutores legales trabajen fuera de casa en la situacion de familia abundante de categoría general. En la situacion de familia abundante de categoría particular, no se pide el requisito de que los dos progenitores trabajen fuera de casa.
  • Antes había un régimen mucho más conveniente en el permiso de paternidad, pero en este momento, con la ampliación del permiso en la novedosa regulación, los días se han igualado.
  • Aumento del límite de capital para tener derecho a la asignación económica de la Seguridad Popular por hijo a cargo menor de 18 años (el límite de capital va a ser para 2016 de 17.423,84 euros, en el momento en que existan tres hijos a cargo, y se acrecentará en 2.822,18 euros por cada hijo a cargo desde el cuarto, este incluido).
  • Ampliación del periodo considerado como cotizado y del intérvalo de tiempo de reserva del puesto en el caso de excedencia por precaución de hijo
  • ayudas-familias-varias

    Ayudas en Hacienda (el llamado cheque familiar del IRPF)

     
    Esta asistencia radica en una deducción de 1.200 euros por familia abundante de categoría general y de 2.400 euros en el caso de familias varias de categoría particular en el impuesto sobre la renta de la gente físicas (IRPF).

    Se puede pedir asimismo el abono adelantado de esta deducción de la misma manera que la asistencia por ser madre trabajadora. El abono adelantado va a consistir en 100€ (familias varias de categoría general) o 200 € (familias varias de categoría particular) por mes a lo largo del año siempre y cuando se esté cotizando a la seguridad popular o mutualidad (mucho más información).

    Otras ayudas a nivel estatal

    DESCUENTOS OTRAS AYUDAS
    Descuento del 20 % ó 50 % en transporte por carretera (RENFE y compañías de autobuses). Puntuación preferente en los procesos públicos regulados por baremos: becas, admisión de estudiantes en centros institucionales.
    Descuento del 20 % ó 50% en transporte marítimo de cabotaje. Exención en las tasas de expedición del DNI o pasaporte, tanto para la emisión de estos documentos por vez primera para la renovación por caducidad, hurto o pérdida.
    Descuento del 5 % ó 10 % en billetes de avión para vuelos nacionales. Derechos de prioridad para hallar becas.
    Descuento o exención en tasas y costos públicos (derechos de examen ingreso a la Facultad). Derechos de prioridad en el ingreso de ocupaciones de ocio del IMSERSO y bonificación en las cuotas a abonar
    Descuento en entrada a museos estatales, teatros y auditorios estatales. En aquéllos casos en los que la vivienda está socia al trabajo, se duplican los plazos para el desalojo de esta vivienda una vez extinguida la relación laboral

     

    Descuento del 50% (para la

    categoría general), o exención (para la categoría particular) de tasas y

    costes públicos en el campo de la educación.

    Bono popular en la cuota eléctrica
    Asistencia del Programa de Incentivos al Vehículo Eficaz, Plan PIVE 8.
    Los convenios colectivos van a poder integrar medidas de protección para este colectivo.
    Provecho en temas de vivienda, teniendo prioridad tanto en el ingreso a la vivienda cuidada como en la concesión préstamos para el ingreso a estas casas.

     

  • Bonificaciones en impuestos locales (como el IBI) si bien esto, va a depender de cada municipio.
  • Incentivos comerciales en compañías privadas como Carrefour, Hipercor, Alcampo, cines, tiendas de ropa… En ocasiones te solicitarán el carnet o título de familia abundante y otras que además de esto estés asociado a la federación de familias varias (mucho más información)
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    Mucho más información
     
    Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias varias (BOE)
    Federación de españa de familias varias (www.familiasnumerosas.org)

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