Indemnizaciones por despido de 20 días por año trabajado, 33 días, 45 días … ¿cuál corresponde en cada caso? ¿de qué manera calcularlas?.
Todas y cada una de las claves para comprender la indemnización por despido.
¿De qué es dependiente el importe total de la indemnización que va a cobrar el trabajador despedido?
La cantidad que se cobra por indemnización por despido depende fundamentalmente de tres factores:
1. El salario del trabajador.En concreto, la cantidad total que cobra de salario bárbaro de forma anual.
2. Su antigüedad en la compañía. A mucho más antigüedad, mayor indemnización. A la hora de contar los meses de antigüedad del trabajador para la indemnización, si se trabaja un día de un mes, es como si se hubiera trabajado todo el mes completo.
3. Género de despido que se haya hecho.Hoy en día, tienen indemnización el despido por causas objetivas, y el despido improcedente. Si un despido es disciplinario y no es declarado improcedente por un juez, no hay derecho a la indemnización.
En todo caso, haya o no indemnización, en todos y cada uno de los despidos el trabajador tiene derecho al finiquito, es decir, a que se liquiden todas y cada una de las proporciones que pudiera haber pendientes entre empresa y trabajador, como remuneraciones atentos de pago, vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de pagas extra no recibidas, horas plus, etc.
Tipos de indemnización por despido
Indemnización de 20 días al año trabajado
Cuando una empresa despide a un trabajador con un despido propósito, (por causas económicas, tecnológicas, etcétera justificadas) tiene que pagarle en exactamente el mismo momento de entregarle la carta de despido una indemnización de 20 días al año trabajado, y prorrateado por el tiempo inferior por año. Hay un encuentre máximo de lo que se puede cobrar, que son 12 mensualidades, esto es, que en ningún caso la indemnización no va a poder ser superior del resultado de multiplicar el salario por mes por 12.
Indemnización de 33 días por año trabajado
Si el contrato del trabajador es posterior al 12 de febrero de 2012 y se afirma un despido improcedente, la compañía puede elegir entre la readmisión o pagarle al trabajador una indemnización de 33 días por año, con un encuentre de 24 mensualidades. En todo caso la indemnización no va a poder ser superior del resultado de multiplicar el salario mensual por 24.
Indemnización mixta: 33 / 45 días por año trabajado
En el caso de contratos de trabajo con fecha previo al 12 de febrero de 2012, en el momento de hacer los cálculos para la indemnización por despido improcedente, hay que manejar dos tramos distintos:
- para el total de días de antigüedad amontonados antes del 12 de febrero de 2012, se va a pagar una indemnización de 45 días de salario al año trabajado con un máximo de 42 mensualidades. Esta es una indemnización por despido a extinguir y de la que solo se van a aprovechar los que tienen en las empresas contratos anteriores a 12/02/2012
- para los días de antigüedad posteriores al 12 de febrero de 2012 (fecha de la reforma laboral), se va a pagar la indemnización de 33 días de salario al año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
Para tener la cantidad final de indemnización por despido improcedente, habrá que agregar los 2 tramos, habiendo reglas especiales para el cálculo de los encuentres.
No confundir indemnización por despido con indemnización por fin de contrato
Con bastante frecuencia se confunde la “indemnización por despido”, con la “indemnización por fin de contrato”. En el presente artículo hemos explicado el primer término, la indemnización a que se tiene derecho cuando un juez (o en la conciliación lo reconoce la compañía) se establece que el despido es improcedente o nulo (33 días al año trabajado), o en los casos de despido propósito (20 días por año trabajado).
Cuando se termina un contrato temporal, por poner un ejemplo, no se puede charlar en sentido estricto de despido, ya que lo que hay es la finalización de un contrato por causa legal (acabó su plazo pensado, la causa del mismo, etc). En estos casos, es muy normal que el trabajador considere que “le han despedido”, pero las indemnizaciones que corresponden no son las de despido, sino las indemnizaciones a que se tiene derecho en el momento en que concluye un contrato y que enseñamos en esta otra guía: las indemnizaciones por fin de contrato.
Herramienta en línea de cálculo de indemnizaciones por despido
El Consejo General del Poder Judicial creó un emulador online para contribuir a calcular fácilmente la indemnización por despido que se ajusta a cada trabajador. Explicamos su funcionamiento en esta guía:
Programa de cálculo de indemnizaciones por extinción del contrato de trabajo
En todo caso, si en vez de usar la herramienta de cálculo en línea quiere comprobar los datos a mano, le explicamos ahora cómo se hacen los números.
Los “días de salario al año trabajado” ¿cómo se calculan?
El cálculo se hace en base a dos conceptos básicos: el llamado “salario-día” y el total de “días trabajados”
Primer paso: calcular el “salario-día”
El paso inicial es localizar el salario períodico que se cobra, para lo que hay que catalogar las nóminas de los 12 últimos meses, introduciendo las pagas plus si no se tienen prorrateadas.
En la situacion de no tener todas las nóminas sería aconsejable pedírselas a la compañía, si es viable, y si no pedir en la Seguridad Social un informe de bases de cotización, para ver por qué razón salario salvaje estuvo cotizando cada mes la empresa, sabiendo que estas cotizaciones sí que tienen las pagas extra prorrateadas.
Cuando se tienen los datos de los últimos 12 meses, se deben agregar los sueldos brutos de cada nómina , para comprender el salario bruto de forma anual. Cuando conocemos el salario salvaje de forma anual, se divide entre 12, para entender el salario medio por mes, que lo dividimos a su vez entre 30 para saber el salario-día. Mejor verlo con un caso de muestra:
En el momento en que se está en situación de reducción de jornada por precaución de hijo o familiar, parto prematuro y hospitalización, por ser víctima de crueldad de género o por empleo de baja parcial por maternidad, hay que tener en consideración el salario total, tal y como si no hubiese reducción. Por ese fundamento es aconsejable ver también las nóminas anteriores a la reducción.
Segundo paso: calcular la cantidad total de “años trabajados”
Vimos que las indemnizaciones se pagan de este modo y ya entendemos calcular el importe del salario diario. Ahora vamos con los “años trabajados”.Como resulta lógico no se debe conseguir acumular un año entero, el cálculo se llevar a cabo por días.
A la hora de calcular cuántos días tenemos trabajados en la empresa hay que tomar en consideración que para realizar ese cálculo se prosigue la regla de que si se trabaja un día del mes se computa todo el mes entero, tal y como si se hubiese trabajado completo. Lo vemos con otro ejemplo:
A efectos de calcular los días a indemnizar es como si hubiera trabajado desde el 1 de abril de 2017 al 30 de junio de 2020 y esto hace un total de 821 días.
Tercer y último paso: utilizar la indemnización correspondiente
Al principio del artículo vimos que hay distintos géneros de indemnización, según el tipo de despido y la antigüedad del trabajador: 20 días de salario al año trabajado, 33 días al año, 45 días por año.
En el momento en que conocemos el tipo de indemnización, hay que multiplicarla por el salario períodico que hemos calculado y los “años trabajados”. Para ver un caso de muestra, recopilamos los datos:
em>Rodrigo trabajó del 15 de abril del 2017 hasta el 8 de junio de 2020. A efectos de calcular los días a indemnizar es tal y como si hubiera trabajado desde el 1 de abril de 2017 al 30 de junio de 2020 y esto hace un total de 821 días.
Con los tres conceptos, calculamos la indemnización:
( (821 días de antigüedad) X (33 días de salario al año) )/ 365. 821*33=27093 27093/365= 74,22 días indemnizables. Como el salario diario que hemos calculado es de 45,56 € cada día, (74,22 días indemnizables * a 45.56 € al día).