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¿Cuánto voy a cobrar de paro estando en un ERTE?

Explicamos cómo se calcula el importe que cobrarán de paro los trabajadores afectados por un ERTE por causa del coronavirus.

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ERTES de suspensión y ERTES de reducción de día

Hay dos clases de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) que se han autorizado por fuerza mayor como consecuencia de la crisis del coronavirus: los ERTE de suspensión y los ERTE de reducción de jornada.  Según datos del gobierno, hay prácticamente cuatro millones de trabajadores afectados por un ERTE.

Las reglas para calcular cuánto se cobra en la prestación especial por desempleo que ha puesto en marcha el gobierno son diferentes en cada uno.

  • Los ERTE de suspensión son esos en los que cesa absolutamente la actividad laboral del trabajador. La relación laboral queda suspendida completamente y ni el trabajador tiene la obligación de trabajar, ni la compañía de pagarle.  Mientras que dure el periodo de tiempo de suspensión el trabajador va a estar en su casa y el Servicio Público de Empleo (SEPE, el viejo INEM), será el responsable de pagarle.
  • Los ERTE de reducción de jornada son aquellos en los que el trabajador sigue prestando sus servicios a la empresa, pero lo hace en una cantidad de horas menor de lo común.  De este modo, la compañía seguirá pagando al trabajador por las horas que trabaje y el pago del resto, que se han visto reducidas, correrá a cargo del SEPE.

Ahora explicamos las reglas para el cálculo de los importes a cobrar, según la normativa vigente. Son un mínimo irrenunciable que tienen que respetar todos los ERTE, pero nada  impide que las empresas mejoren de forma facultativa esas cantidades para sus empleados.

 

Cuánto se cobra en un ERTE de suspensión a raíz del coronavirus

 

Porcentaje de paro que se cobra

Los trabajadores damnificados por un ERTE de suspensión, una vez que el Servicio de Empleo les  haya reconocido la prestación, cobrarán el 70% de la base reguladora, que se calcula tomando como referencia la media de las bases de cotización de los últimos 6 meses cotizados (180 días) y si no los hay, del período temporal inmediatamente previo a la fecha en que se genera el ERTE.

Ese porcentaje (70 %) es el que se cobra a lo largo de todo el tiempo en que el trabajador continúe en ERTE y no hay reducción al 50% a partir del mes séptimo, como sucede con el paro habitual. En los ERTE covid19 siempre se cobra el 70% de la base.

Para comunicarlo de manera muy sencilla, se puede decir que durante el ERTE el trabajador cobrará precisamente el 70% de su sueldo salvaje previo, pero sabiendo que hay una cantidad mínima y otra máxima que se puede llegar a cobrar.

Hay que rememorar que en el ERTE por causa del coronavirus, en contraste a los ERTE normales, no se le pide al trabajador ningún tipo de requisito de haber juntado periodos mínimos de cotización previa: para cobrar la prestación es suficiente con haber estado dado de alta un solo día antes del ERTE.

 

Ejemplo práctico de cálculo de la prestación por ERTE

Y lo que va a cobrar de paro va a ser el 70% de esa cantidad (base reguladora día tras día), esto es la prestación por desempleo de Pedro va a ser de 28 euros diarios (40 euros X 0,7), que el SEPE le va a pagar en una nómina por mes.

De qué forma comprender las resoluciones del SEPE sobre lo que se va a cobrar

Importante: la regla del 70 % de la base reguladora no siempre va a dar el resultado final de lo que va a cobrar el trabajador, en tanto que existen unos encuentres mínimos (que garantizan que no se cobrará bajo esa cantidad) y otros máximos, que limitan por arriba cuánto puede llegar  cobrar el trabajador.

 

Topes mínimo y máximo en la prestación por desempleo durante 2021

Los topes mínimos y máximos dependen de si el trabajador tiene hijos o no y del número de ellos.  Son los encuentres que contempla la normativa  general para la prestación por desempleo y se resumen en el siguiente cuadro, en el que las proporciones que se muestran son para trabajadores que hayan suspendido completamente su contrato de trabajo (100%) y que también tuviesen un contrato a jornada completa.

Importe mínimo de la prestación por ERTE en 2021 (para contratos jornada completa suspendidos completamente)

  • Importe mínimo de la prestación contributiva sin hijos: 527,24 €
  • Importe mínimo de la prestación contributiva con uno o mucho más hijos: 705,18 €

 

Importe máximo de la prestación por ERTE en 2021 (para contratos de jornada completa suspendidos totalmente)

  • Importe máximo de la prestación contributiva sin hijos:  1.153,33 €
  • Importe máximo de la prestación contributiva con 1 hijo:  1.318,10 €
  • Importe máximo de la prestación contributiva con 2 o mucho más hijos: 1.482,86 €

 

En el caso de contratos a tiempo parcial suspendidos completamente, los encuentres máximo y mínimo precedentes tienen que ser recalculados,  aplicándoles el porcentaje que suponga la día realizada sobre la frecuente de la compañía.

Hemos anunciado un artículo particular explicando cómo marcha el sistema de complemento económico por hijo a cargo y el modo perfecto en que el SEPE está contactando con los trabajadores para actualizar la información de los hijos a cargo:

 

 

Cuánto se cobra en un ERTE de reducción de día a causa del coronavirus

Ahora vimos que los ERTE por coronavirus no tienen por qué ser de suspensión total, sino que la compañía puede pactar que como consecuencia de esta emergencia sanitaria y económica, se produzca la reducción de la día de los trabajadores, bien haciendo un trabajo menos horas al día, o bien trabajando menos días por mes.

En esta situación, la compañía seguirá pagando al trabajador la parte de jornada que prosiga haciendo un trabajo verdaderamente y el Servicio de Empleo se hará cargo del pago de la parte que se ha achicado.

Sobre la una parte de día que se ha achicado con el ERTE y por la que no se trabaja, el SEPE pagará el 70% de la base reguladora. La empresa seguirá pagando al trabajador la parte proporcional del salario frecuente respecto de las horas de trabajo que si se sostienen.

Los encuentres mínimo y máximo de la prestación por desempleo que explicábamos en el apartado previo, se deben cambiar en el caso de ERTE de reducción de día, de forma proporcional a esa reducción.

 

La información completa sobre los ERTE por coronavirus (requisitos, derechos del trabajador, trámites, etc) está libre en la guía general:

 

 

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