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¿Desde qué día me pagan el paro?

Enseñamos con un ejemplo práctico de qué manera funcionan los plazos a la hora de pedir el paro y desde qué día se empieza a cobrar la prestación.

 
CONSULTA:
 
Hola!! Concluya de trabajar el día 12 de abril. Me dieron cita en el SEPE para el 29 de abril.  ¿Desde cuando tengo que cobrar desde el 12 o desde el 29?.  ¿Que mes comenzaré a cobrar en el mes de mayo o en el primer mes del verano? Me corresponden 6 meses de ayuda.
 
Gracias.

 
RESPUESTA
 
Vamos a explotar la consulta para argumentar con un ejemplo práctico de qué manera funcionan las fechas en el reconocimiento y pago de los subsidios por desempleo.
 
Imaginemos una trabajadora a la que se le termina el contrato temporal el 31 de diciembre y va a pedir el subvención a que tiene derecho.  Estas son las fechas:

  • Fin de la relación laboral: 31 de diciembre de 2018
  • Pide cita previa al SEPE por internet el 7 de enero
  • Le dan cita previa para el día 15 de enero y ese día acude a la oficina de empleo y le aprueban la ayuda.

La trabajadora ha pedido la cita previa en el período legal de (15 días hábiles siguientes por fin de la relación laboral). En este plazo no se cuentan sábados, domingos ni festivos). El SEPE siempre toma como fecha de presentación de la solicitud el día en que el trabajador solicita la cita previa (7 de enero en el ejemplo). Suponiendo que hubiera mucha saturación en las oficinas de empleo y le diesen cita previa para el 1 de febrero, todo estaría acertado y dentro de plazo, porque lo que cuenta es el día de petición de la cita previa, no el día asignado por el SEPE para asistir a la oficina de empleo.

 
Una vez aprobada la ayuda se reconoce el derecho a cobrarla desde el día siguiente a la situación legal de desempleo, esto es, desde el 1 de enero de 2019, si bien ella hubiese pedido la cita el día 7 y se la hubieran dado para el 15 o más adelante.

Si la cita previa se pide en plazo, el servicio de empleo reconoce la ayuda desde el primer día a que se tiene derecho, comunmente el día después al cese en el trabajo.

En el ejemplo, el subsidio se reconoce desde el 1 de enero.  La nómina de las ayudas del SEPE se paga siempre y en todo momento el día 10 del mes siguiente, por lo que la trabajadora cobrará su subvención respecto de los días 1 a 31 de enero, en la nómina que se paga el día 10 de febrero.

En la consulta real que nos han enviado, el subsidio se cobra desde el 13 de abril y la primera nómina se paga el día 10 de mayo. En esa nómina se va a pagar la parte proporcional del subsidio pertinente a los días 13 a 30 de abril, aproximadamente 258 euros.

 
ALGUNOS CASOS ESPECIALES

 
Las vacaciones no disfrutadas que se pagan en el finiquito.
 
Es parcialmente frecuente en los contratos temporales, que el trabajador no llegue a gozar de sus días de vacaciones y que la empresa se los pague en el finiquito.
 
En estos casos, el trabajador estará dado de alta en seguridad popular por esos días que la compañía le ha pagado y no va a poder pedir el paro hasta que haya terminado el último de los días.
 
En el ejemplo que nos encontramos usando:

  • Fin de la relación laboral: 31 de diciembre de 2018
  • En el finiquito la compañía le paga a la trabajadora los días de vacaciones pendientes de 2018 (10 días), con lo que está dada de alta en Seguridad Popular  hasta el día 10 de enero.
  • La trabajadora no podrá solicitar cita previa hasta el 11 de enero. Pide cita previa al SEPE por internet.
  • Le dan cita previa para el día 15 de enero y ese día acude a la oficina de empleo y le aprueban la asistencia.
  • El subvención se reconoce y se va a pagar en la nómina del 10 de febrero, con las proporciones que corresponden a los días 11 de enero a 31 de enero.

 
El mes de espera

Existen algunas situaciones en las que el subvención por desempleo es imposible pedir justo después de agotar otro subsidio o prestación, sino la ley ordena a dejar transcurrir un mes antes de llevar a cabo la petición.  Es lo que se conoce como “el mes de espera”.

En estos casos, todos y cada uno de los plazos empiezan a contar desde el día siguiente por mes de espera, en tanto que en este mes no se genera el derecho a cobrar un subsidio. Se trata de un mes en el que el trabajador en paro no recibe ninguna prestación.

En el ejemplo, si lo que pasa el día 31 de diciembre de 2018 es que la trabajadora agota su prestación contributiva y pedirá el subvención por agotamiento de la prestación contributiva con cargas familiares (ayuda familiar), no va a poder solicitarla hasta el día 1 de febrero, puesto que el mes de enero hace de mes de espera.

En los subsidios por insuficiencia de cotización (pedir un subsidio cuando se acaba el trabajo y no se tienen 360 o mucho más días de cotizaciones, pero si más de 3 o 6 meses), no hay obligación del mes de espera. El subvención se puede pedir inmediatamente después del cese de la relación laboral, como enseñamos en el ejemplo primordial.
 
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