Es una obligación de todas y cada una de las compañías que contraten trabajadores remitir una copia del contrato a los Servicios Públicos de Empleo.
¿De qué forma se manda esa información? ¿Pueden los trabajadores pedir copia de sus contratos de trabajo?
¿De qué forma llevan a cabo la comunicación de los contratos de trabajo las empresas?
Hoy en día, las empresas envían una copia básica de los contratos al SEPE por vía telemática, por medio de la aplicación informática llamada Contrat@.
Cuando una compañía contrata a un trabajador, es obligatorio comunicarlo al Servicio Público de Empleo en el plazo de 10 días, facilitando la siguiente información: copias básicas de los contratos, contenidos, prórrogas, transformaciones o conversiones de contratos, llamamientos de fijos intermitentes, acuerdos de horas complementarias, etcétera.
Según el anexo I de la norma que lo regula (Orden TAS/770/2003), la compañía deberá incluir en todas y cada una de las comunicaciones sus datos de identificación (incluyendo los datos de Cuenta de Cotización, la actividad económica y los datos del centro de trabajo), los datos del trabajador, el código asignado al contrato festejado, fechas de inicio y de fin de contrato, ocupación y nivel formativo. Además, según cada modalidad de contrato se solicitará más datos complementarios.
¿Qué es el sistema Contrat@?
Contrat@ es un programa que deja hacer llegar los contratos laborales de forma telemática a los Servicios de Empleo. No lo pueden utilizar los trabajadores, sino más bien los hombres de negocios, agremiados expertos que actúen en representación de los hombres de negocios, los Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT) y las Ventanas Únicas Empresariales (VUE).
Para usar Contrat@ hay que solicitar una autorización, que se puede bajar desde la propia web del SEPE. Cuando el empresario o sus representantes puedan acceder a la app, ahora pueden comunicar los datos del contrato de trabajo.
La copia de los contratos que se comunica a los Servicios de Empleo es una copia básica, es decir, no una copia literal del contrato que firma la empresa y el trabajador, sino una comunicación con todos y cada uno de los datos básicos identificativos del contrato.
Acceso a la información de los contratos por la parte del trabajador
¿Me pueden negar una copia de mi contrato laboral?
Es un derecho de los trabajadores obtener copia de los contratos que hayan firmado. La empresa no puede negarse a facilitarla.
¿Cómo obtener una copia de mi contrato de trabajo por internet?
El trabajador puede solicitar una copia del contrato registrado por la compañía en el Servicio Público de Empleo – SEPE (INEM)
De qué forma pedir la información sobre tu contrato de trabajo
Mediante la web del SEPE existe un sistema para entrar a la información básica de los contratos registrados. Puede consultarse desde este link oficial: https://sede.sepe.gob.es/portalSede/métodos-y-servicios/personas/contratos/solicitud-datos-contratos.html
¿De qué manera usar la herramienta del SEPE para ver y descargar una copia básica de los contratos?
En este vídeo mostramos el funcionamiento de esa aplicación del SEPE:
Para acceder al sistema en línea del SEPE hay que identificarse con certificado digital, DNI electrónico o el nombre de usuario y contraseña que entregan en las oficinas de empleo.
Los datos de cada contrato de trabajo solo puede consultarlos el trabajador o nuestra compañía contratante, por el hecho de que están protegidos por la Ley Orgánica de Protección de Datos.
Ningún trabajador o empresa puede pedir información de contratos en los que no haya sido parte.
Si a través de este sistema no es posible entrar a la información ni ver su contrato de trabajo, el trabajador deberá dirigirse a su oficina de empleo.
Las Comunidades Autónomas están interconectadas con el Servicio Público de Empleo Estatal -SEPE- de manera que los datos relativos a los contratos laborales puedan ser populares por el trabajador en cualquier sitio de la geografía española, con independencia de la Red social Autónoma donde se realizó el contrato.