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Las Agencias de Colocación

¿Qué tienen en común Infoempleo.com, Randstad, el Instituto de Economistas de Cantabria, Cáritas Diocesana y el Municipio de Elche?.

Todas y cada una ellas son agencias de colocación a las que se puede asistir de manera voluntaria para hallar trabajo. En otras oportunidades, reciben el encargo de los Servicios Públicos de Empleo para intermediar en la inserción laboral del trabajador.

 

Las Agencias de Colocación

 

¿Qué es una agencia de colocación?

En un lenguaje informal podríamos decir que son entidades que tienen como propósito buscar un puesto para la gente desempleadas,  pero  ¿son la “rivalidad” del SEPE?  ¿marchan igual que este?  ¿cobran al usuario? ¿se llevan una comisión por los contratos que alcanzan llevar a cabo? ¿De dónde se financian?  ¿Son oficiales? ¿Son lo mismo que una ETT? ¿Tienen algo que ver con las compañías de recolocación?

Iremos resolviendo estas inquietudes:

De entrada, es esencial aclarar que va a poder transformarse en una Agencia de colocación (AC de ahora en adelante) cualquier entidad, pública o privada (tanto si se creó para conseguir provecho, tal y como si no).  Por servirnos de un ejemplo, podrían transformarse en AC, tanto una ETT, como un bufete de abogados, como un profesional sin dependencia, como un Municipio o un Concejo.  En verdad, muchas Compañías de Trabajo  Temporal (ETT) son asimismo Agencias de Colocación.

Las acciones que efectúen actuando como Agencias de Colocación, van a ser obligatoriamente gratis. Por Ley una Agencia de Colocación no puede cobrar al trabajador ni por la intermediación (ponerle en contacto con ofertas de trabajo) ni por otras acciones que haga, como capacitación, orientación laboral, etcétera. Para transformarse en Agencia de Colocación, estas entidades tienen que pedir autorización, de la que vamos a hablar mucho más adelante.

 

Diferencia entre una Agencia de Colocación y una ETT

Una ETT (Compañía de Trabajo Temporal) es aquella que efectúa trabajos de intermediación laboral, entre ofertantes y demandantes de empleo. Hasta aquí coincide con el SEPE y con las Agencias de Colocación.

No obstante hay 2 diferencias básicas entre ellas:

  • Las AC no contratan por si acaso mismas a los trabajadores elegidos. En cambio, las ETT sí y los ceden a las compañías con intereses, a través de un contrato de puesta predisposición.
  • Las AC actúan de forma gratuita, al paso que las ETT, no.

Desde el momento en que entró en vigor la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma laboral del mercado, las ETT que cumplan ciertas condiciones tienen la posibilidad de ser, asimismo, Agencias de Colocación. Para esto, deberán firmar el convenio de colaboración con el Servicio Público de Empleo que sea correcto y prestar sus servicios de forma gratuita. Hemos escrito un producto donde enseñamos con mucho más aspecto las diferencias entre una ETT y una Agencia de Colocación (+)

 

Diferencias entre las Agencias de Colocación y las compañías de Recolocación

Las compañías de recolocación entran en juego en el momento en que se genera un expediente de regulación de empleo o un desarrollo de reestructuración de una compañía en el que es requisito insertar laboralmente a personas que quedaron sin trabajo. Para esto, es requisito que la compañía que hizo el ERE tuviera pactado, como una parte del convenio de regulación de empleo, esta clase de acciones. Por poner un ejemplo, una línea aérea hace un ERE que provocará que mil de sus usados queden sin trabajo y aparte de las indemnizaciones previstas, ocupa a una compañía experta en recolocaciones que asista a cada usado a localizar trabajo.
 

¿Qué función desempeñan las Agencias de Colocación?

Si bien asimismo efectúan estudios de mercado, actúan como puntos de información, efectuar acciones de orientación laboral y capacitación profesional, su primordial función es la de realizar de mediadores entre demanda y oferta de trabajo.

Esto quiere decir que las Agencias de Colocación reciben de las compañías peticiones de mano de obra. Por otra parte, los ciudadanos les hacen llegar peticiones de empleo. Desde aquí,  estas agencias eligen a los aspirantes que mucho más se ajustan a las pretensiones de la compañía. Tras esto, proponen a la compañía el conjunto de aspirantes mucho más conveniente y, va a ser nuestra compañía quien decida cuál es su media naranja (a quién van a contratar).

 

La colaboración entre el SEPE y las Agencias de Colocación

Por ley, los Servicios de Empleo están autorizados a delegar en las Agencias de Colocación el desarrollo de orientación laboral para la inserción de la gente que se anotan como demandantes de empleo. El SEPE y las Agencias de Colocación tienen la posibilidad de comunicar información por medio de un espacio telemático donde se efectúa la puesta en común de la información. La intención de ello, es aligerar las listas de desempleados, del modo mucho más eficiente viable.

En el momento en que las Agencias de Colocación actúan como cooperadoras del SEPE tienen la posibilidad de recibir financiación, siempre y cuando firmen un convenio de colaboración con este sistema y consigan excelente resultados en compromiso.

En estos convenios se concretan puntos como los próximos:

  • Qué acciones van a hacer las Agencias de Colocación y de qué forma se marchan a financiar estas.
  • Exactamente en qué área geográfica están autorizadas a accionar y su duración (que puede ser de uno o un par de años)
  • De qué manera cambiará el dinero que reciban en dependencia del resultado que consigan
  • Qué personal y qué medios materiales va a usar para hallar sus objetivos.
  • De qué forma se valorará el resultado conseguido

La Agencia de Colocación no cobra del SEPE solo por firmar un convenio de colaboración. Tienen que rendir y  ser eficientes, cumpliendo unos índices por defecto de desenlaces y ser evaluadas de forma positiva.

Ahora hemos dicho que para transformarse en Agencia de Colocación, hay que pedir una autorización.  El SEPE va a ser el responsable de concederlas en el momento en que se vaya a trabajar con centros de trabajo que estén en distintas Comunidades Autónomas o se usen de forma exclusiva medios telemáticos.

Si se vaya a trabajar en nuestra Red social Autónoma, la autorización se deberá gestionar frente a la Consejería de Empleo o Servicio Autonómico de Empleo.

 

¿Ha recibido un mensaje de texto como este?

“El servicio público de empleo estatal le comunica que la agencia de colocación Antes de Cristo, se va a poner en contacto con VD para intermediar en su inserción laboral”.

A veces la gente anotadas como demandante de empleo reciben este género de mensajes. Estos mensaje de texto, en el momento en que surgen del Servicio de Empleo, significan que va a ser la Agencia de colocación la que realice todas y cada una de las gestiones de orientación y también intermediación laboral para procurar asistir al trabajador en paro a hallar un empleo. La Agencia de Colocación le citará para efectuar una entrevista personal, asistirle en la redacción del curriculum, inscribirle en su banco de información o bolsas de empleo y proponerle ofertas de trabajo.

Hay que decir que en el momento en que la Agencia de Colocación actúa como cooperadora del Servicio de Empleo, es obligación asistir a sus convocatorias y cumplir todo el desarrollo de orientación laboral , que es tal y como si lo estuviese haciendo de manera directa el servicio de empleo, solo que en un caso así, se ha encargado en la Agencia de Colocación. Si se infringen estas obligaciones el trabajador puede ser sancionado.

 
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