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Las Mutualidades de expertos. Una opción alternativa al régimen de autónomos

Ciertos expertos agremiados (abogados,médicos, arquitectos, etcétera) que efectúan su actividad como autónomos tienen la posibilidad de escoger darse de alta en una Mutualidad opción alternativa, en vez de llevarlo a cabo en el Régimen Particular de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Popular.

Observemos quienes tienen esta alternativa y sus virtudes y desventajas.

 

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Las Mutualidades elecciones a la Seguridad Popular

 
La regla establecida es que en el momento en que un trabajador comienza una actividad como autónomo debe darse de alta en el Régimen Particular de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Popular, pero ciertos colectivos puede seleccionar en lugar de cotizar en el RETA, cotizar a unas mutuas elecciones a la Seguridad Popular, pagando unas cuotas con las que financian más tarde las posibilidades que reciben.
 
No se debe confundir estas mutualidades elecciones con las Mutuas cooperadoras de la Seguridad Popular.

 

Colectivos expertos y sus Mutualidades

 
Los colectivos que tienen la opción de escoger darse de alta en sus mutuas son:

Además de esto hay mutuas con campo no estatal, que actúan solo en alguna o ciertas Comunidades Autónomas.
 
Si se forma parte a alguno de estos colectivos de expertos, al comenzar la actividad se tiene un mes para seleccionar entre darse de alta en el RETA (Régimen de Autónomos) o en la Recíproca. En el caso de no escoger, se comprende que se eligió por el RETA.

 


Cobertura de las Mutualidades

 
Hoy día las Mutualidades han equiparado bastante sus coberturas a la cobertura que da la Seguridad Popular y deben contemplar siempre la pensión, las incapacidades permanentes, la incapacidad temporal , la maternidad, la paternidad, la prestación por peligro en el embarazo, la pensión de viudedad y la pensión de orfandad.
 
Desde el 2013 se pide legalmente un nivel mínimo de cobertura:

  • Se pide que cubran por lo menos las ocasiones antes citadas. Si bien ciertas cubren mucho más, como las ocasiones de dependencia en la Recíproca de la Abogacía.
  • Las posibilidades que se den debe ser por lo menos el 60% de cobertura que dé el RETA, o que por lo menos la cuota a abonar sea el 80% de la cuota mínima del RETA.

Se puede observar en este cuadro la comparativa de la cobertura que proporciona la Mutualidad de la Abogacía en frente de la cobertura dada por la Seguridad Popular:

 
Comparativa entre la Mutualidad de la Abogacía y el RETA
 
La asistencia sanitaria va a estar cubierta por la Seguridad Popular, más allá de que se haya escogido la recíproca, siempre y cuando se tengan capital no superiores a 100.000 euros cada un año. En el caso de sobrepasar ese límite se deberá concertar una asistencia sanitaria privada con la recíproca.

 

Ciertas inquietudes usuales sobre las Mutualidades

 
¿Puedo pasar del RETA a la Mutualidad o del revés?
 
Si ahora se estuvo de alta en el RETA no se va a poder seleccionar más adelante darse de alta en la Recíproca. En las situaciones en los que se haya estado en el RETA se debe proseguir en este régimen de la Seguridad Popular, pero se puede contratar a la Recíproca como complemento, pero entonces se deberán abonar las cuotas de los 2 sistemas.
 
En cambio sí se está dado de alta en la Recíproca, más tarde se puede pasar al RETA. Y se va a poder escoger si sostener la recíproca como sistema complementario o no.
 
¿Puedo ser de la Mutualidad teniendo trabajadores contratados?
 
Sí, un trabajador autónomo puede estar dado en alta en su Recíproca y tener contratados trabajadores a los que va a dar de alta en el Régimen General de la Seguridad Popular.
 
¿Puedo estar en el régimen general y en la recíproca?
 
Sí. En el caso de estar en situación de pluriactividad se puede estar dado de alta al unísono en el Régimen General de la Seguridad Popular y en una recíproca opción alternativa para el trabajo como autónomo.
 
Desempleo y Mutualidades
 
Si se está cobrando la prestación por desempleo y comienza una actividad como autónomo estando dado de alta en la Recíproca, se deberá reportar en la oficina de empleo. Hoy día el SEPE deja soliciar el pago únicopara abonar las cuotas de la Recíproca, o deja compatibilizar el paro a lo largo de los primeros 270 días como autónomo .

 

Virtudes de seleccionar la Mutualidad

 
Antes de escoger el RETA o la Recíproca es requisito apreciar las virtudes y desventajas de cada opción. Observemos las virtudes:

  • Hay un trato conveniente fiscalmente a las cuotas pagadas a la recíproca, y parte se tienen la posibilidad de inferir de la declaración de la renta.
  • En el momento en que se cotiza tanto por cuenta extraña como por la recíproca, se reciben 2 posibilidades o pensiones, sin tomar en consideración los límites de pensiones máximas que hay en la situacion de estar cotizando por el RETA.
  • Las cuotas en los primeros años como mutualista acostumbran a estar bonificadas o hay bonificaciones por edad.
  • La cuota tiende a ser inferior a la cuota de autónomos de la Seguridad Popular.
  • Acostumbra haber una aceptable relación entre la cuota pagada y la calidad de los servicios recibidos
  • Virtudes en el momento en que se está en situación de pluriactividad sobre la duplicación de cotizaciones o entrar a la jubilación en el momento en que se deja el trabajo por cuenta extraña y se prosigue con el trabajo por cuenta propia.

 

Desventajas de las Mutualidades

 
En cambio seleccionar la recíproca tiene la posibilidad de tener ciertas desventajas:

  • La recíproca es un sistema privado, con lo que tienen la posibilidad de existir inconvenientes de solvencia, con lo que es requisito revisar la solvencia de la recíproca en cuestión.
  • No acostumbran a tener tantas áreas de trabajo como la Seguridad Popular
  • No acostumbran a tienen muchos medios como la Seguridad Popular.

Podemos consultar en este cuadro la comparativa que da la Recíproca de la Abogacía donde se detallan sus virtudes/desventajas:
 
Comparativa Mutualidad Abogados RETA

 

Consejos antes de seleccionar

 
Antes de escoger entre Mutualidad y Régimen de Autónomos es requisito ver si se está en ciertos colectivos que se puede seleccionar. En la situacion de estarlo, habría que informarse precisamente en la recíproca pertinente de las coberturas, los costos, la manera de efectuar las gestiones, etcétera, en tanto que cada recíproca tiene sus propia forma de efectuar esta actividad opción alternativa a la Seguridad Popular.
 
Hay que tomar en consideración los costos de la recíproca y la Seguridad Popular y las coberturas que da cada opción. Para poder ver los costos resulta conveniente ver si es mucho más provechos la bonificación que acostumbran a tener las Mutuas o la cuota plana de la Seguridad Popular para nuevos autónomos.

 
Referencia legal:


  • Real Decreto 1430/2002, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de mutualidades de previsión popular.
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