La Seguridad Social actualiza el sistema de alertas electrónicas:
¿Qué es el Servicio de Notificaciones Telemáticas de la Seguridad Popular?
Con la aprobación en el mes de septiembre de la Orden ISM/903/2020 se han producido algunos cambios en el sistema de notificaciones electrónicas de la Seguridad Social y específicamente, al sistema para entrar a ellas mediante la sede electrónica de la Seguridad Social, con el servicio “Notificaciones Telemáticas”.
Se trata de un servicio que deja mediante Internet, administrar las notificaciones de actos administrativos del Centro Nacional de la Seguridad Social (INSS), la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y el Centro Social de la Marina a las empresas y ciudadanos.
En el momento en que el ciudadano o la empresa se identifica y accede a su área privada de información, puede ver una tabla con las alertas de la Seguridad Popular disponibles,
Por servirnos de un ejemplo, pueden consultarse la aprobación o denegación de prestaciones (jubilación, incapacidad, etc) resultado de trámites inscripción de compañías, afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores, cotización, liquidación, recaudación, sanciones y también impugnaciones.
En la tabla de alertas, para cada notificación se incluye la próxima información: prestación o procedimiento a la que se refiere, materia, fecha de puesta a disposición (a partir de la como empieza el balance de 10 días naturales para su consulta), receptor, estado en el que se encuentra y fecha y hora en la que vence el plazo para la firma, como se expone en la imagen:
Con este servicio, el usuario va a poder consultar sus alertas. El paso inicial es elegir la notificación y apretar el botón para firmar el acuse de recibo. Una vez hecho, aparecen en pantalla las condiciones legales del servicio y se tiene la opción de admitir o rechazar la notificación.
Antes de entrar a la notificación, el usuario deberá firmar el acuse de recibo, escogiendo la notificación específica y pulsando en “firmar”. Una vez hecho, se visualizarán las condiciones del servicio y podrás admitir o negar la notificación. Si se acepta todo, aparecerán los datos básicos de la notificación. Si está todo correcto, se aprieta “mandar y firmar” para entrar a la documentación que, que puede descargarse en formato pdf con plena validez como archivo legal notificado.
Este sistema de alertas telemáticas está disponible para las empresas (que tienen la obligación de estar comunicado electrónicamente con la Administración), y también para cualquier ciudadano.
¿Cómo se accede a este sistema?
El paso inicial es acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social en https://sede.seg-social.gob.es/ y después allí, buscar y pulsar el icono “Notificaciones / Comunicaciones”
A continuación aparece toda la información legal sobre el uso del Servicio. En la parte de abajo hay que abrir el desplegable “Consulta y Firma de alertas telemáticas” y elegir el medio de identificación digital:
A este servicio hay que acceder obligatoriamente con medio de identificación segura (certificado electrónico, Cl@ve, DNI electrónico) pues la apertura y firma del acuse de recibo de la notificación tiene plena validez legal y tan solo puede hacerlas el interesado.
Sobre el sistema Cl@ve, la Seguridad Social explica que “el ingreso a los servicios que puedan efectuarse a través del sistema Cl@ve, con ‘Cl@ve permanente’ y/o ‘Usuario + Contraseña (Cl@ve persistente)’, será reforzado con claves de usar y tirar enviadas por mensaje de texto por la Seguridad Social al móvil del ciudadano. Este sistema va a ser, además, el que dejará el acceso a la firma en la nube. Para poder utilizar el sistema Cl@ve y los servicios de firma en la nube, los ciudadanos tienen que registrarse antes en el sistema, bien de forma presencial en ciertas áreas de trabajo de registro adheridas al sistema, o bien por internet, utilizando un certificado electrónico reconocido.”.
Una vez en el sistema, se puede emplear el buscador para encontrar las notificaciones.
El HISTÓRICO DE NOTIFICACIONES deja entrar a aquellas alertas electrónicas que han superado el período de disponibilidad en la Sede Electrónica.
Predeterminado, se le mostrarán las de los últimos 30 días. Para preguntar las anteriores a 30 días, hasta un límite de DOS AÑOS, debe acceder a la búsqueda avanzada dentro de dicho histórico. Todas las alertas depositadas en el histórico solo permiten su visualización y consulta de estado sin que el ingreso a las mismas tenga ningún efecto jurídico. Si desea hacer alguna actuación relativa a alguno de estas alertas deberá dirigirse a una oficina de la Seguridad Social.
Vídeo guía de la Seguridad Social
La gaceta de la Seguridad Popular ha publicado recientemente este video sobre cómo utilizar el servicio de consulta de alertas
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