El coste dependerá de las diferentes opciones: defenderse uno mismo, recurrir a un sindicato, solicitar un abogado de trabajo o contratar un abogado o a un graduado social.
Opciones ante un juicio laboral y su coste
En todo juicio probablemente halla distintos tipos de costes: tasas judiciales, el coste del consejos, la condena en costas y las multas.
En los procesos laborales, el trabajador está exento de abonar tasas judiciales. No debe abonarlas ni para enseñar la demanda ni en los probables elementos posteriores.
Por lo que hace referencia al pago de costas (la condena a abonar los gastos del juicio y de la parte contraria), en primera instancia jamás impone el pago de las costas a los trabajadores, aunque hayan perdido el caso. En ciertos casos, cuando se interpone un recurso, sí que puede realizar una condena que fuerce al trabajador a abonar las costas.Los Juzgados y Tribunales, eso si, tienen la posibilidad de imponer multas en esos casos en los que se considera que el trabajador ha actuado de forma temeraria o con mala fe.
Por lo tanto, el coste más esencial del juicio laboral puede ser de buscar el asesoramiento y representación de un profesional. Veamos cuales son las opciones que tiene el trabajador:
1. Defenderse a uno mismo
Esta alternativa es por supuesto la más económica y uno mismo puede defenderse en primera instancia, no necesitando abogado para enseñar la papeleta de conciliación, realizar el acto de conciliación, enseñar la demanda ni realizar el juicio frente a los Juzgados de lo Popular.
Si bien no es obligatorio tener abogado, en ciertos casos el Juzgado puede entender que es requisito que el trabajador tenga uno para una adecuada defensa de sus intereses, y puede ofrecer plazo a fin de que contrate uno o busque uno de oficio.
No obstante, a partir del recurso de suplicación frente al Tribunal Superior de Justicia de cada Comunidad Autónoma, sí que es necesario que el trabajador tenga el consejos de un graduado social o un abogado y si se desea asistir en casación ante el Tribunal Supremo, va a ser obligatorio tener un abogado.
El beneficio de defenderse uno mismo es por supuesto la reducción de los costes, puesto que es casi gratuito, solo lo que se gaste en imprimir y fotocopiar los documentos que se deban enseñar y en el movimiento hasta el Juzgado.
Hay en cambio varias desventajas. La primordial es el desconocimiento de la Ley y de de qué manera se va a desarrollar el procedimiento. La normativa laboral cambia con mucha continuidad, por lo que entendimientos y soluciones precedentes podrían no ser válidas. Además hay veces que lo que se hace tiene implicaciones de carácter fiscal o tributario y es preferible tener algún tipo de consejos. Por otra parte, la empresa acostumbra tener un abogado que candela por sus intereses y que sabe de qué manera actuar, con lo que puede haber un desequilibrio a lo largo del juicio. Los Organismos públicos como la Seguridad Popular o el SEPE siempre y en todo momento estarán representados por un Letrado.
2. Solicitar un Letrado de Oficio
En la jurisdicción social se está en su derecho a un letrado de oficio por el hecho de ser trabajador o beneficiario de la Seguridad Popular. Los abogados de trabajo, son abogados privados, pero que se apuntaron al Turno de Trabajo y son designados para proteger a quienes solicitan la asistencia jurídica gratis. Para mucho más información se puede consultar el artículo sobre el derecho al abogado de oficio en la jurisdicción laboral.
El abogado de trabajo puede comenzar a accionar a partir de que hay que enseñar la demanda ante el Juzgado de lo Social, y puede llegar hasta el Tribunal Supremo, pero el trabajador tendrá que hacer por su cuenta la Papeleta de Conciliación o la Reclamación Anterior, según el caso.
El letrado de oficio no es totalmente gratis. En el momento en que se designa un letrado de oficio, no se tiene que abonar nada por comenzar el procedimiento, hasta el desenlace del mismo. Pero en el caso de que el trabajador consiga algún beneficio (una indemnización por despido, una optimización de la indemnización que se tenía, unas nóminas impagadas, etcétera), el abogado de oficio puede emitir una minuta cuyos honorarios asciendan hasta una tercer parte de lo recibido por el trabajador. En el caso de no ganar el proceso, el letrado no va a cobrar nada al trabajador.
Ventajas del letrado de oficio: no se debe desembolsar inicialmente nada para iniciar el procedimiento, y además de esto el reconocimiento de la asistencia jurídica gratis puede implicar que también se tenga de manera gratuita ingreso a peritos, deducciones o exenciones en el momento de pagar aranceles de Notarios o Registros. El letrado de oficio acostumbra tener bastantes entendimientos sobre las leyes laborales y de la Seguridad Popular, ya que para acceder al Turno de Oficio es necesario acreditarlos. Al final otra ventaja es que si no se gana la situacion, por lo menos, no hay que abonar nada por el letrado.
Desventajas del abogado de oficio: no se puede escoger el abogado que se tiene, puesto que es designado por el colegio de abogados. En caso de ganar el abogado puede llegar a cobrar hasta un tercio de lo obtenido, que suele ser un porcentaje más alto que el que cobra un abogado privado. Los primeros pasos, como son la Papeleta de Conciliación, el Acto de Conciliación o la Reclamación Previa, se deben llevar a cabo sin consejos.
3. Los abogados de los sindicatos
En un caso así el coste depende de muchos factores: del sindicato, del tiempo que se lleve afiliado, del procedimiento, etc. Normalmente los sindicatos solo ofrecen un consejos jurídico gratuito a quienes llevan cierto tiempo afiliado, para evitar afiliaciones que únicamente procuren ahorrarse el coste de un abogado. El tiempo afiliado dependerá de cada sindicato, y se acostumbra exigir estar al corriente del pago de las cuotas.
Cada sindicato tiene sus precios, y además de esto en algunos casos, cada sección/unión sindical/comisión del sindicato tiene su propia asesoría jurídica con sus tarifas. En estos casos los sindicatos, en caso de cobrar, suelen cobrar por cada actuación y además un recargo en caso de beneficio.
Virtudes del letrado de sindicato: Los abogados de los sindicatos son expertos en materia laboral, con mucha experiencia en los Juzgados. Si se es afiliado y se tiene suficiente antigüedad como afiliado, el proceso puede resultar gratis.
Desventajas del abogado de sindicato: Los abogados de los sindicatos acostumbran a estar muy sobresaturados de trabajo. Puede suceder que sea un abogado quién realiza la solicitud y otro el que realiza el juicio, por lo que resulta un trato más impersonal. En muchas ocasiones es requisito pedir cita en la sede del sindicato para poder contactar con el letrado. Si no se es afiliado, o no se lleva bastante tiempo afiliado, el coste del proceso puede ser afín o superior al de un letrado privado.
4. Abogado laboralista privado o Graduado Social privado
Primero hay que aclarar la diferencia entre un Abogado y un Graduado popular.
El Graduado popular ha estudiado Relaciones Laborales y está experto en Derecho Laboral, al paso que el Letrado ha estudiado Derecho y tiene un conocimiento completo del ordenamiento jurídico. Además el graduado social no puede actuar frente al Tribunal Supremo, al paso que el letrado puede proteger la situacion en todo caso, ante cualquier tribunal.
En caso de seleccionar un letrado, es conveniente confiar en un abogado que esté experto en derecho laboral.
Los honorarios de los expertos privados se acuerdan libremente entre abogado y cliente. Por lo que el letrado cobrará lo que se acuerde entre letrado y cliente. Cada abogado tiene sus propios criterios en el momento de poner sus tarifas.
Muchos expertos trabajan según lo que tiene por nombre una “”, es decir, sus honorarios van a ser un porcentaje de lo que el trabajador saque al final del proceso. En algunos casos se cobra una tarifa fija al empezar el caso y un porcentaje al terminar. Y otros cobran por actuaciones, es decir X euros por la Papeleta de Conciliación, X euros por ir al acto de conciliación, X euros por la demanda, X euros por el juicio… Otros cobran por las horas dedicadas al cliente… Unos cobran por la primera consulta, otros no.
Cada despacho, cada abogado tiene sus tarifas, con lo que en este caso no se puede señalar precisamente cuándo puede sospechar el coste de un abogado. Puede ser muy caro, o ser al final más económico que otras opciones.
Para dar ciertos datos el coste fijo suele estar entre 100 y 600 euros, en dependencia del caso y el abogado, y en el caso de proceder a porcentaje, este suele ser entre el 10 y el 20%.
Por todo ello, es fundamental que antes de dar un encargo a un profesional es necesario dejar claro cuáles son sus honorarios.Los Colegios de Abogados no tienen la posibilidad de imponer ni tarifas ni criterios orientadores. Es importante aclarar si en los honorarios pactados se tienen dentro o no los de otros expertos que puedan formar parte en el desarrollo, como los peritos, por ejemplo.
Ventajas: Se puede elegir el abogado o el graduado social que defienda el caso, se puede buscar uno de confianza, uno que le hayan recomendado o uno que tenga fama y entendimientos específicos sobre el tema para el que desea contratarlo.
Al existir una independencia de pactar las tarifas, se pueden hallar muchas tarifas distintas, con lo que se puede seleccionar entre los abogados que se contacte. Y se podrán encontrar muchos tipos de tarifas, siendo en ocasiones más asequibles que otras alternativas.
Los abogados y graduados sociales acostumbran a dar una atención mucho más adaptada al trabajador, que puede contactar más ocasiones con el profesional.
Desventajas: La contratación de un letrado laboralista o graduado social tiene costes para el trabajador, ya que son los honorarios de expertos independientes. En varias ocasiones puede ser la opción más cara, dependiendo de lo pactado entre letrado y cliente.
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