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¿Cuánto se cobra estando de baja?

¿Qué es lo que significa estar de baja laboral? Géneros de baja médica en trabajadores por cuenta extraña, autónomos, y usados de hogar.

Cuánto se cobra y a lo largo de cuánto tiempo. Trámites para pedir el pago.

Las bajas médicas en los diferentes regímenes

En el momento en que un trabajador no puede trabajar por una cuestión de salud, así sea física o sicológica, entonces debe ser dado de baja por su médico.

La baja médica es el tiempo que precisa el trabajador para recobrar su salud y a lo largo de la que no puede asistir a su puesto. Es lo que se conoce como una “Incapacidad Temporal (IT)”

Los derechos del trabajador mientras que está de baja dependen del régimen en el que esté el trabajador:

    • RÉGIMEN ESPECIAL POR CUENTA PROPIA (AUTÓNOMOS).La situación de los trabajadores por cuenta propia se examina en el presente artículo

 

 

RÉGIMEN ESPECIAL DE EMPLEADOS DE HOGAR. Tienen su regulación y lo examinamos en esta guía

 

RÉGIMEN GENERAL POR CUENTA AJENA.

Es el que iremos a argumentar durante este producto: Las bajas de los trabajadores que tienen un contrato de trabajo y una relación laboral

BAJAS LABORALES EN EL RÉGIMEN GENERAL

Clases de bajas laborales

Las bajas laborales se tienen la posibilidad de dividir en 2 tipos, en dependencia del origen de la situación por la que el trabajador no puede trabajar:

a) Las bajas por Contingencias Recurrentes

En el momento en que un trabajador no puede trabajar por una patología común, que no guarda relación con el trabajo, o por un incidente que no se tuvo haciendo un trabajo, el trabajador va a estar de baja por contingencias recurrentes, o sea, por unas situaciones extrañas al trabajo, pero que del mismo modo previenen trabajar.

b) Las bajas por Contingencias Expertos

Si en cambio el trabajador no puede trabajar por causas que derivan de manera directa de su trabajo va a estar de baja por Contingencias Expertos. Puede ser por una patología contraída en el trabajo o a consecuencia del trabajo que se efectúa, y se va a estar de baja por una patología profesional ; o puede ser incidente haciendo un trabajo o acudiendo al trabajo, y entonces va a ser un incidente de trabajo .

En todas y cada una estas situaciones, así sea por contingencias recurrentes o expertos, el trabajador está del mismo modo de baja y no debe asistir a su puesto, pero en dependencia del género de baja se va a recibir una cuantía de dinero diferente.

c) En la situación inusual de la pandemia del covid-19 hay una salvedad, y sucede que por ley, los contagios que padezcan los trabajadores por norma general por coronavirus o las ocasiones de confinamiento, si bien son contingencias recurrentes, se abonan desde el primero de los días tal y como si fuesen una contingencia profesional. Y si se prueba que el contagio se ha producido en el trabajo, entonces va a ser baja por incidente laboral.

El plantel sanitario y colega-sanitario de baja por contagio, en todo caso va a recibir la protección en frente de un incidente de trabajo.

¿Cuánto se cobra estando de baja?. La prestación por Incapacidad Temporal (IT)

Como el trabajador no puede asistir a su puesto, deja de recibir su salario. Para compensar esta pérdida de capital, el trabajador recibe la prestación por incapacidad temporal, un pago económico mientras que está de baja.

¿Cuánto se cobra? Es dependiente del género de baja:

 

Si la baja es por contingencias recurrentes, los primeros 3 días de baja no se cobra nada. Del 4º día al 20º se cobra el 60% de la base reguladora y a partir del día 21º se cobra el 75% de la base reguladora.

Si la baja es por contingencias expertos, se cobra el 75% de la base reguladora desde el día después a la baja.

La “base reguladora”, es dependiente de la base de cotización por contingencias recurrentes o expertos del mes previo a la baja. Para comprender cuál es esa base de cotización es requisito preguntar la nómina , puesto que viene correcto en la parte de abajo.

Los porcentajes precedentes son los mínimos asegurados por ley que debe cobrar el trabajador, pero siempre y en todo momento va a haber que preguntar el convenio colectivo, en tanto que en ciertos de ellos se establecen actualizaciones y en estas situaciones predomina la regulación del convenio a favor del trabajador.

Un caso de muestra sobre lo que un trabajador por cuenta extraña va a cobrar estando de baja.

Requisitos para lograr cobrar la baja laboral

Para lograr cobrar la baja es requisito cumplir ciertos requisitos tanto de alta como de cotización:

  • estar dado de alta en la Seguridad Popular o en una situación asimilada al alta y además de esto,
  • si la baja es por contingencias recurrentes es requisito haber cotizado cuando menos 180 días en los 5 años precedentes.
  • si la baja es por contingencias expertos no es requisito tener cotizaciones amontonadas.

En la situacion de no cumplir alguno de estos requisitos, como el de las cotizaciones, se va a estar de baja, con lo que el trabajador no va a tener la obligación de asistir a trabajar, pero no se va a recibir a cambio la prestación ni tampoco el salario.

¿Quién es el responsable de abonar a lo largo de la baja laboral del trabajador?

La prestación comunmente la paga exactamente la misma compañía, como un pago encargado de la Seguridad Popular. Esto es, la Seguridad Popular se lo paga a la compañía y la compañía paga al trabajador. Si no, asimismo puede llevar a cabo los pagos la Recíproca cooperadora o la Tesorería General de la Seguridad Popular (TGSS).

Si la baja es por contingencias recurrentes, hasta el día 15 de baja lo paga la compañía, y desde el día 16, lo va a pagar la Recíproca o la TGSS. Si la baja dura mucho más de 365 días, entonces el pago lo acepta la Seguridad Popular.   Hay que tener en consideración, eso sí, que a lo largo de los primeros 3 días de baja por contingencias recurrentes, no se está en su derecho a cobrar la prestación.

Caso de que la compañía infrinja su deber de abonar la baja, el trabajador puede solicitar el pago de manera directa a la Recíproca o a la Seguridad Popular.

¿Cuanto tiempo puedo estar de baja?

La baja puede perdurar comunmente como máximo 365 días.  Pasado ese período , se generará una de estas tres ocasiones:

  • bien el trabajador va a ser dado de alta,
  • bien se prorrogará extraordinariamente la baja hasta 180 días mucho más si se prevé que en ese período se va a poder sanar,
  • como tercera opción, se comenzará el trámite a fin de que se le reconozca una Incapacidad Persistente (IP).

 

Fin de contrato o despido mientras que se está de baja laboral

Puede darse la situacion que, estando de baja, el trabajador sea despedido o se le concluya el contrato. En estas situaciones se prosigue cobrando la baja .  Sobre si es viable o no despedir a un trabajador en el momento en que está de baja, hemos anunciado un producto aclaratorio. 

¿Me tienen la posibilidad de despedir por amontonar muchas bajas médicas si bien sean justificadas

Desde el 20 de febrero de 2020 ahora es imposible despedir al trabajador por bajas médicas amontonadas. En esta fecha el gobierno ha derogado el polémico producto 52.d) del Estatuto de los Trabajadores, que era la regla que hasta la actualidad dejaba el llamado “despido propósito por bajas justificadas”.

 

Baja médica mientras que se está en el paro

Si se está desempleado y se cae de baja médica, existen varios ocasiones probables:

  • Si se está cobrando la prestación contributiva por desempleo , se proseguirá cobrando la baja, pero la cuantía va a depender de si se ha fatigado o no la prestación y de si es una recaída.
  • Si se está cobrando un subvención por desempleo, se proseguirá cobrando el subvención, al tiempo que dure el subvención. Más tarde se dejará de cobrar.
  • Si no se está cobrando ninguna asistencia, entonces no se va a recibir ninguna prestación.

Todas y cada una estas opciones las enseñamos con mucho más aspecto en el producto sobre las ocasiones de paro y baja laboral.

Ejemplos específicos de ciertos géneros de bajas

Como hemos dicho la baja es dependiente de criterios médicos, de que el médico considere que el trabajador logre o no trabajar en su estado de salud. Con lo que la baja va a depender de cada caso, de cada trabajador, de cada patología. Además de esto el género de baja va a poder cambiar en dependencia del origen de la patología o el incidente como vimos previamente. Observemos ciertas ocasiones concretas.

a) Baja por depresión

Sí, se puede estar de baja por depresión. En tanto que la baja no solo es por patologías físicas, si no asimismo tienen la posibilidad de ser por patologías sicológicas. En dependencia del origen de la depresión puede ser por contingencias recurrentes o expertos, si por servirnos de un ejemplo la depresión viene por un acoso laboral que se esté tolerando. En este género de bajas, comunmente el trabajador, aparte de asistir a su médico, es derivado asimismo a expertos de psicología o psiquiatría.

b) Baja por ansiedad o agobio

Es afín al caso previo. Un trabajador puede padecer estados de ansiedad o agobio, tanto por el trabajo como por ocasiones personales, que le previenen trabajar o que es requisito el reposo sin trabajar para lograr recobrar la salud. El género de baja va a depender del mismo modo del origen de la depresión, y comunmente el trabajador es asimismo atendido por expertos de psicología o psiquiatría en dependencia del caso. Este género de bajas tienen la posibilidad de venir derivadas del llamado síndrome de burnout o del trabajador quemado. Es un género de agobio y ansiedad laboral derivada de un cansancio físico y mental, una falta absoluta de motivación en el trabajo y que tienen la posibilidad de perjudicar tanto en el trabajo como en la vida privada.

c) Baja por embarazo

En estas situaciones hay que distinguir. Si es imposible trabajar por haber dado a luz, entonces no se va a estar de baja laboral, si no de baja por maternidad, que es otra situación, con otra prestación y duración.

Si en cambio la situación es que es imposible trabajar pues el trabajo puede perjudicar de manera negativa a la trabajadora embarazada o al feto, entonces va a deber de estarse de baja por peligro en el embarazo . La duración de esta situación va a depender de que prosiga estando ese peligro así como se va a recibir una prestación. Si en cambio la situación es que es imposible trabajar por el estado de salud derivado del embarazo, entonces sí que se puede estar de baja laboral.

d) Baja por perder la voz

Hay ocasiones que tienen la posibilidad de ser de baja laboral para un trabajador y no para otro. Estar afónico para un conductor, o para un oficinista puede no ser causa de una baja laboral. Pero para un teleoperador por poner un ejemplo puede ser una causa de una baja laboral.

y también) Baja por patología de cáncer

Los trabajadores damnificados por cáncer tienen la posibilidad de ser del mismo modo dados de baja. Los inconvenientes acostumbran a aparecer en el momento en que se termina el periodo de tiempo máximo de la baja. Siendo una situación complicada, aconsejamos leer el producto concreto sobre la situación de los trabajadores con cáncer.

f) Baja por incidente de tráfico

Los accidentes de tráfico y sus secuelas para la salud son fundamento para una baja laboral. Pero la peculiaridad es que si el incidente se tuvo yendo o volviendo del trabajo al residencia, va a ser un incidente y debe ser considerado como un incidente de trabajo , tal y como si el incidente se tuvo manejando a lo largo de la jornada de trabajo.

g) Baja tras una operación médica

En el momento en que un trabajador debe volver como estaba de una operación, así sea por proseguir ingresado o por requerir reposo domiciliario, del mismo modo va a poder ser dado de baja desde la operación y mientras que dure toda el postoperatorio. El género de baja va a depender de si la operación se tuvo por unas situaciones personal o una derivada de trabajo. Si la operación es por un incidente realizando trabajos de bricolaje en el hogar, va a ser una baja por contingencias recurrentes, si es por un incidente con una máquina con la que se trabajaba, va a ser un incidente laboral.

 

Referencias legales

Ley General de la Seguridad Popular (art. 169 y siguientes)

Esquema de las bajas laborales

 

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