Cómo Contar tus Cotizaciones para Saber si Tienes Derecho a Cobrar el Paro

Datos actualizados a actualidad - Prestacion por desempleo

  • Cotizacion minima exigida: 360 dias en los ultimos 6 anos
  • Cuantia primer periodo (180 dias): 70% de la base reguladora
  • Cuantia a partir del dia 181: 60%
  • Duracion: de 120 a 720 dias (4-24 meses) segun cotizaciones
  • Tope mensual sin hijos: 1.225 EUR brutos | con 2 o mas hijos: 1.575 EUR
  • Plazo para solicitar: 15 dias habiles desde el fin del contrato

Fuente: SEPE | Revisado: actualidad

Para tener derecho a la prestación contributiva por desempleo (el "paro" clásico) tienes que haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos 6 años a esa contingencia específica. La duración del paro que cobrarás depende exactamente de cuántos días cotizaste. En esta guía explicamos cómo contarlos con la vida laboral del SEPE/INSS y qué corresponde a cada tramo.

Cotización acumuladaDuración paro
360-539 días (1-1,5 años)120 días (4 meses)
540-719 días (1,5-2 años)180 días (6 meses)
720-899 días (2-2,5 años)240 días (8 meses)
900-1.079 días (2,5-3 años)300 días (10 meses)
1.080-1.259 días (3-3,5 años)360 días (12 meses)
1.260-1.439 días (3,5-4 años)420 días (14 meses)
1.440-1.619 días (4-4,5 años)480 días (16 meses)
1.620-1.799 días (4,5-5 años)540 días (18 meses)
1.800-1.979 días (5-5,5 años)600 días (20 meses)
1.980-2.159 días (5,5-6 años)660 días (22 meses)
2.160 días o más (6+ años)720 días (24 meses)
💡 Datos clave Si tienes dudas concretas, consulta directamente con el SEPE (900 81 24 00, gratuito) o pide cita previa en tu oficina de empleo. La normativa cambia cada año: revisa los IPREM y SMI vigentes antes de calcular tu prestación.

El máximo de prestación por desempleo es de 24 meses aunque hayas cotizado mucho más.

Índice
  1. Qué días cuentan para el paro
  2. Cómo descargar la vida laboral
  3. Cómo leer la vida laboral
  4. Cálculo de la base reguladora y cuantía
  5. Casos especiales en el cómputo de días
    1. Jornadas parciales
    2. Sustituciones encadenadas
    3. ERTE y cómputo
    4. Trabajos en el extranjero UE
  6. Si no llegas a 360 días
  7. Preguntas frecuentes

Qué días cuentan para el paro

NO se cuentan todos los días trabajados, sino los días cotizados específicamente a la contingencia de desempleo. Esto incluye:

  • Régimen general en contratos por cuenta ajena (con contrato laboral).
  • Régimen especial de la minería del carbón.
  • Régimen especial agrario por cuenta ajena (no autónomos agrarios).
  • Régimen especial del mar por cuenta ajena.
  • Régimen general en hogar (empleadas de hogar tras la equiparación de 2022).

NO cuentan:

  • RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos): los autónomos sí pueden tener "cese de actividad" (prestación específica del autónomo), pero NO es el paro clásico.
  • Becas o prácticas no laborales sin cotización.
  • Periodos en desempleo cobrando prestación: NO cuentan como cotizados a efectos de futuro paro.
  • Excedencia voluntaria: no genera cotización.
  • Servicio militar/PSS realizado antes de 1992 (algunos sí cuentan a efectos de jubilación, no de paro).

Cómo descargar la vida laboral

La vida laboral es el documento oficial donde aparecen todos tus contratos y periodos cotizados:

  1. Entra en sede.seg-social.gob.es con cl@ve permanente, certificado digital o Sistema RED si eres autorizado.
  2. Menú "Ciudadanos" → "Informes" → "Informe de tu vida laboral".
  3. Selecciona el formato (PDF). Te envía el documento por email o lo descargas directamente.

Alternativas si no tienes cl@ve:

  • Por SMS: envía un SMS al 638 444 666 con texto: "INFOLABORAL DNI/NIE FECHA_NACIMIENTO" (formato DD-MM-AAAA).
  • Presencialmente en cualquier oficina del INSS con cita previa.

Cómo leer la vida laboral

El documento tiene columnas clave:

  • Régimen: General (0111), Hogar (138), Mar (0825), Autónomos (0521), etc.
  • Empresa: razón social del empleador.
  • Fecha alta y fecha baja: inicio y fin de cada contrato.
  • Días: días naturales cotizados en ese periodo (la SS los calcula automáticamente).
  • Coeficiente: porcentaje en caso de jornada parcial (50%, 75%).
  • Grupo: grupo de cotización.

Para contar tu cotización a efectos de paro:

  1. Identifica los últimos 6 años (desde hoy hacia atrás).
  2. Suma los días de los contratos en régimen general (0111 generalmente).
  3. Si hubo jornadas parciales, multiplica los días por el coeficiente (un 50% durante 365 días son 365 × 0.5 = 182,5 días cotizados a efectos de paro).
  4. Si los días superan 360, tienes derecho al paro.

Cálculo de la base reguladora y cuantía

Conocer los días cotizados es solo la primera parte. La cuantía que cobrarás depende de la base reguladora, que se calcula así:

  1. Suma las bases de cotización por contingencias comunes de los últimos 180 días cotizados antes del desempleo.
  2. Divide entre 180 = base reguladora diaria.
  3. Los primeros 180 días de prestación: 70% de la base reguladora.
  4. A partir del día 181: 60% de la base reguladora.

Tope mínimo y máximo según convivencia familiar:

  • Sin hijos: mínimo 540 €/mes, máximo 1.225 €/mes aproximadamente.
  • Con un hijo: 723 € mín, 1.400 € máx.
  • Con 2 o más hijos: 723 € mín, 1.575 € máx.

Estos topes se actualizan anualmente con el SMI/IPREM.

Casos especiales en el cómputo de días

Jornadas parciales

Si trabajaste a tiempo parcial, los días se computan según el coeficiente. Un mes a 50% = 15 días cotizados a efectos de paro. Un mes a 75% = 22,5 días.

Sustituciones encadenadas

Cada contrato de sustitución cuenta sus días reales. Si tienes 3 contratos de sustitución de 4 meses cada uno, son 360 días cotizados igualmente (siempre que no hayas cobrado paro entre medio, que pondría a 0 el contador).

ERTE y cómputo

Durante un ERTE estás cobrando paro pero NO acumulas cotización a efectos de futuro paro. Esos días se restan. Sin embargo, si la empresa pagaba parte del salario (exoneraciones COVID), esos días sí cotizan parcialmente.

Trabajos en el extranjero UE

Los periodos cotizados en otros países de la Unión Europea o EEE cuentan para el paro español mediante el sistema de coordinación (Formulario U1 o E-301). El SEPE los suma a tu cotización española.

Si no llegas a 360 días

Sin 360 días cotizados a contingencia desempleo no tienes derecho a prestación contributiva. Pero puedes acceder a subsidios si reúnes otras condiciones:

  • Subsidio por insuficiencia de cotización: con al menos 90 días y responsabilidades familiares.
  • Subsidio para mayores de 52: si tienes esa edad y al menos 6 años cotizados a paro durante la vida.
  • Renta Activa de Inserción (RAI): para colectivos vulnerables.
  • Subsidio extraordinario por desempleo (SED): en algunos casos tasados.

Preguntas frecuentes

¿Pierdo los días cotizados si me dan de baja?
Solo si has cobrado prestación contributiva. Cada día que cobras paro "consume" tu derecho. Los días que NO usaste en prestaciones anteriores siguen contando para futuros derechos (siempre que estén dentro de los 6 últimos años).

¿Cómo saber cuánto he cotizado a la Seguridad Social?
Solicita tu informe de vida laboral en sede.seg-social.es con certificado digital o Cl@ve. Es gratuito, refleja todos tus periodos cotizados y se descarga inmediatamente. También puedes pedirlo por SMS si tienes el número registrado.
¿Cómo ver mis cotizaciones online?
En el portal Import@ss (importass.seg-social.es) accedes a tu vida laboral completa, bases de cotización mensuales y certificados. Con tu Cl@ve o DNIe lo descargas en formato PDF.
¿Una baja por enfermedad cuenta como cotizado?
Sí. Durante la IT por enfermedad o accidente la empresa o la mutua cotizan en tu nombre. Esos días aparecen en tu vida laboral como cotizados a efectos de desempleo.
¿Cuento mejor en años naturales o desde el último día de trabajo?
Los 6 años se cuentan desde el día que estás en situación de desempleo "actual" hacia atrás (no años naturales). Si dejas de trabajar el 15 de julio de, el periodo de cómputo es desde el 15 de julio de 2020 al 15 de julio de.
Si trabajé 13 meses, ¿cuántos meses cobro?
13 meses son 390-395 días aproximados (algunos meses tienen 30 o 31). Si superas 360 días pero estás por debajo de 540, te corresponden 120 días (4 meses) de paro. La duración escala cada 180 días adicionales cotizados.
¿Cuento las pagas extras como días cotizados?
No, no doblan los días. La paga extra forma parte de tu base reguladora (afecta a la cuantía) pero no al número de días cotizados.
¿Y si trabajé en varias empresas a la vez?
Pluriempleo: las cotizaciones se suman a efectos de cuantía. A efectos de días, no se duplican (un día calendario sigue siendo un día aunque tuvieras 2 contratos).

Para calcular tu caso concreto, descarga tu vida laboral y simula en el simulador SEPE en sepe.es/calcula. Las respuestas son orientativas: la cuantía exacta la determina el SEPE al solicitar la prestación.

Sobre este contenido
Revisado por nuestro equipo editorial especializado en derecho laboral y prestaciones de la Seguridad Social. La información se actualiza al detectar cambios normativos relevantes (SEPE, INSS, BOE). Para casos particulares consulta siempre con un profesional autorizado o pide cita previa en el SEPE.

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