Si va a cambiar de residencia y está en paro, recuerde que es obligación reportar a la oficina de empleo, tanto si cobra una prestación tal y como si únicamente está anotado como demandante de empleo.
La obligación de hacer llegar el cambio de hogar
Si cambia de residencia, es obligación reportar a la oficina de empleo. De esta forma lo señala el SEPE:
Por este motivo, si tiene sosprechado llevar a cabo traslados con carácter definitivo o con una duración temporal prolongada, que implique cambio de la ciudad de vivienda, se trasladará asimismo su expediente de demandante de empleo y de perceptor de posibilidades por desempleo a la oficina de empleo de destino que le sea correcto.”
Tener actualizada la dirección de contacto es primordial. Si no lo realiza, el Servicio de Empleo le va a poder mandar alertas y si bien sean devueltas, se considerarán efectuadas adecuadamente si no se comunicó la actualización del hogar.
De qué manera hacer llegar un cambio de hogar a los Servicios de Empleo (Estatal y Autonómico)
En las áreas de trabajo de empleo conviven 2 gestiones diferentes:
- El Servicio Público de Empleo Estatal SEPE (antes llamado INEM) y
- Los Servicios de empleo Autonómicos.
Va a haber que hacer llegar el cambio de hogar a uno, o a los 2, según la situación:
Caso A) El trabajador está anotado como demandante de empleo pero no cobra ningún género de asistencia.
Si el trabajador no cobra ningún género de asistencia del SEPE (INEM), únicamente va a deber reportar de su cambio de residencia al Servicio Autonómico de Empleo de su novedosa vivienda. Si el cambio de hogar es en exactamente la misma red social autónoma, va a bastar arrimarse a la oficina de empleo sencillamente para actualizar la dirección. Si el cambio es de una Red social Autónoma a otra, va a haber que proceder a la oficina de empleo del nuevo residencia, y también reportar allí al servicio de empleo de esa red social a la que se marcha a mover, que quiere anotarse como demandante de empleo.
Caso B) Trabajador que está anotado como demandante de empleo y además de esto está cobrando el paro.
Aquí el trabajador va a deber de reportar, tanto al Servicio Autonómico de empleo, como al SEPE, en tanto que en un caso así, va a haber que pedir tanto el traslado de expediente, como el traslado de la prestación.
Comunmente el Servicio Autonómico de empleo y el SEPE acostumbran a comunicar exactamente el mismo edificio (la oficina de empleo), pero con espacios distinguidos. En cualquier caso, hay que reportar a los dos y llevarlo a cabo en la oficina que sea correcto al nuevo residencia.
En la página página oficial del SEPE, hace aparición esta información sobre el trámite a proseguir:
Por consiguiente, el SEPE señala que la comunicación debe hacerse o pidiendo cita previa o mediante sus teléfonos de información al ciudadano. Sin embargo, en el final del producto enseñamos otra opción alternativa a lo largo de la crisis y las limitaciones del covid-19
¿A qué oficina va a deber de asistir el trabajador, a la del nuevo hogar o a la del viejo?
El trabajador va a deber de asistir a la oficina que le sea correcto según su nuevo hogar, y allí deberá pedir el traslado tanto el traslado de expediente, como el traslado de prestación en caso de que esté cobrando el paro.
Hacer llegar cambios de residencia a lo largo de la crisis del covid19
En la situación de urgencia sanitaria hay mucho más adversidades para hacer llegar los cambios de residencia, pues las áreas de trabajo de empleo tienen menos aforo y se dificulta pedir la cita previa presencial. La opción sería hacer llegar el cambio por medio de los teléfonos de información y administración del SEPE.
Si no se logra entrar en contacto por teléfono con el SEPE ¿qué otras alternativas hay?
Si bien ahora vimos previamente que nuestro SEPE en su página oficial señala que la actualización del residencia se les debe avisar a ellos (al servicio estatal), en diferentes medios y programas especialistas los gobernantes del SEPE están señalando otro trámite alterno:
Para actualizar el residencia, la vía mucho más práctica es entrar en contacto con el Servicio autonómico de empleo, que es el que controla la renovación y altas y bajas de la demanda de empleo, y solicitarles a ellos que actualicen los datos de hogar y teléfono del trabajador. Y después, esa información, se actualizará de manera automática en el SEPE.
Este no es el trámite que hace aparición en la página oficial, pero insistimos, a fecha mayo de 2021, es lo que los propios gobernantes del SEPE están sugiriendo realizar.
Cada Servicio autonómico de Empleo organiza de manera diferente esta modificación de datos. La mayor parte de ellos, gracias a las limitaciones sanitarias, deja llevar a cabo el cambio de residencia y teléfono mediante internet o por teléfono.
¿Y de qué forma contacto con mi servicio autonómico de Empleo?
Consulte en este directorio en línea de los Servicios Autonómicos de Empleo el link web al de su red social autónoma y de qué manera le dejan hacer llegar los nuevos datos de hogar y teléfono de contacto. No hay un método traje y en todos y cada Red social Autónoma proponen diferentes elecciones.
Sugerencias
Si traslada su residencia de una Red social Autónoma a otra diferente, recuerde que todo lo relativo a tutoriales de capacitación, ofertas de trabajo etcétera lo administra todos los Servicios autonómicos de empleo. Cada Red social tiene sus tutoriales, bolsas de trabajo etcétera, con lo que puede explotar la visita donde comunica su cambio de hogar para informarse en la oficina de los tutoriales libres, ofertas de trabajo, etcétera.
Además de esto, asimismo cada Red social tiene su interfaz web para sellar el paro por la red