Saltar al contenido

De qué manera comprobar si te han aprobado el Ingreso Mínimo Vital

La aplicación web de la Seguridad Popular deja comprobar si la petición del Ingreso Mínimo ahora fué aprobada.  Enseñamos cómo verificarlo punto por punto.

Diferentes maneras de comprobar el estado de su petición

Hay varias formas de entender el estado de su petición del Ingreso Mínimo Escencial. Tendrá que emplear una u otra según cuál de estas formas haya utilizado para llevar a cabo su solicitud:

  • Procedimiento 1: Peticiones que fueron gestionadas por Internet, pero sin certificado digital.
  • Trámite 2: Solicitudes que fueron gestionadas online con certificado digital.
  • Procedimiento 3: Peticiones que fueron gestionadas online con certificado digital como gerente de otra persona.

Ahora explicamos de qué forma comprobar el estado de la solicitud en cada caso.

Trámite 1: Consultar estado de solicitud online sin certificado digital

Esta es la opción que mucho más personas han empleado. Cuando se hizo la solicitud por Internet sin certificado digital, en el final de todo el proceso aparece un mensaje de confirmación como el de abajo, con un código distinto para cada petición, que es primordial apuntar y preservar.

Mensaje de confirmación de solicitud enviada del Ingreso Mínimo Vital

Con ese código podrá revisar si la solicitud ha sido aprobada. Para esto, lleve a cabo click en este link oficial:

https://imv.seg-popular.es/

Se le habrá abierto una nueva ventana. En ella, pulse el botón que señala “Aportar documentación/  Consultar estado, como se ve en la imagen:

Consultar estado solicitud ingreso mínimo vital

Se va a abrir una nueva ventana en la que hay que ingresar el código que le dio el sistema al llevar a cabo la petición y también el documento de identificación del solicitante (su DNI o NIE). Además, hay que marcar la casilla que indica “No soy un robot”.

Introducir código de la solicitud e identificación

En la novedosa ventana que abre el sistema, el INSS le señalará el estado de la petición puede ser: “en estudio”, “pendiente de documentación”, “archivada por falta de documentación”, “archivada por duplicidad”, “Aprobada”, “Rechazada” o “Rechazada por inadmisión”.

Recuerde: este sistema de comprobación vía web es válido para todas aquellas solicitudes que se hayan tramitado por medio de el sitio web de la Seguridad Popular SIN CERTIFICADO DIGITAL y que disponen del código de verificación CSV.

 

Procedimiento 2:  Peticiones con certificado electrónico o cl@ave

Si logró su petición del IMV con certificado digital o cl@ave, el procedimiento previo (procedimiento 1) no servirá, puesto que el código CSV que se obtiene con identificación segura es distinto del código de solicitud sin identificación. Si lo introduce en la herramienta del apartado anterior, le indicará que no existe ninguna solicitud en curso.

Entonces, ¿De qué manera comprobar el estado de la petición si empleó identificación segura?

La Administración tiene un sistema general para comprobar el estado de trámites realizados con certificado digital, que se tienen la posibilidad de revisar accediendo en este link: https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Comienzo/MisExpedientesAdministrativos y abra el desplegable (+) “mis expedientes administrativos”. Luego pulse en el icono “certificado electrónico”.

Se va a abrir una aplicación (Prosa) que le notificará sobre el estado de su petición. El número de referencia que se emplea es el de 20 dígitos numéricos que el sistema facilitó al hacer el trámite.

Este es el sistema general para consultar trámites con la Administración. No obstante, tras múltiples meses, aún no pudimos corroborar que este sistema deje entender el estado específico de las peticiones del IMV cuando estas están aún en curso. En el mes de junio, la Administración se comprometió a encender esta alternativa para que asimismo las peticiones presentadas con certificado se pudieran contrastar. De manera inexplicable, a fecha de noviembre de 2020 no nos consta que lo haya puesto en marcha aún.

Lo que si hemos comprobado que se puede visualizar es si ya existe una resolución formal, tanto de aprobación como de denegación del IMV. Esto se corrobora en la Sede electrónica https://sede.seg-popular.gob.es/, luego > “” > ““. Si ahora hay resolución, aparecerá como “pendientes de firmar”. Se siguen los pasos para la firma y se puede descargar en pdf el documento de la resolución.

A través de decenas y decenas de comentarios en el final de este producto, los lectores que hicieron la solicitud del IMV con certificado digital nos comunican que no tienen la posibilidad de comprobar el estado de su petición cuando está en curso. Únicamente puede conocerse si hay resolución aprobando o denegándola.

Trámite 3:  Petición presentada como gerente de otra persona

Para quienes presentaron una solicitud con medio de identificación seguro, como gerente de otra persona, tienen la posibilidad de revisar si hay resolución de la petición por medio de la aplicación ¿De qué manera va mi prestación? (como gerente). Puede acceder a través de este enlace. Son del mismo modo válidas las visualizaciones que hacemos en el final del epígrafe previo.

En cualquier caso, recuerde que el INSS siempre y en todo momento notificará la resolución por escrito

Si bien hay estas formas de comprobar en línea el estado de la solicitud y que en otros casos el INSS manda SMS informativos sobre la aprobación del IMV, recuerde que como en todas las resoluciones administrativas, el INSS está obligado a comunicar por escrito al residencia del solicitante la aprobación o denegación de su petición y en frente de esa resolución se van a poder enseñar alegaciones o reclamación previa si no se está en concordancia.

Mucho más información en estos otros artículos

¿Qué es lo que significa el estado de la petición “en trámite pendiente de documentación”?

IMV en trámite pendiente de documentación

El INSS ha aprobado de oficio (automáticamente) el Ingreso Mínimo Vital a mucho más de 75.000 personas que recibían la asistencia por hijo a cargo. En este caso, la comunicación se hizo a través del envío de un SMS o de una carta escrita, como explicamos en la siguiente guía:

El INSS reconoce de manera automática el Ingreso Mínimo Escencial a 75.000 familias

Desde el 15 de junio puede solicitarse el Ingreso Mínimo Escencial

Configuración de cookies