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El certificado de compañía es indispensable para pedir la prestación

Entre los documentos indispensables para solicitar el paro es el certificado de compañía. La oficina de empleo debe tener los que corresponden a las compañías en que se haya trabajado a lo largo de los últimos seis meses, pero ¿de qué manera se consiguen estos certificados?

¿Qué es el certificado de compañía?

El certificado de compañía es el archivo que emite la compañía con el que se acredita la situación legal de desempleo del trabajador y la causa de exactamente la misma, esto es, la causa por la cual ha cesado la relación laboral, que puede ser un despido, finalización del contrato temporal, cese por no sobrepasar el intérvalo de tiempo de prueba, ERE, baja facultativa, etcétera.

El certificado de compañía es esencial, pues en dependencia de la causa que se muestre como fundamento del cese de la relación laboral, se va a estar o no en situación legal de desempleo para lograr cobrar el paro.

El SEPE, a menos que haya comprobaciones siguientes, cree que la razón por la cual se terminó el contrato de trabajo es la que la compañía señala en el certificado.

El certificado de compañía asimismo se utiliza para calcular el importe de la prestación o subvención por desempleo que va a cobrar el trabajador, puesto que en el certificado se indican cuáles fueron las bases de cotización y con ellas se calcula el paro.

Modelo oficial de certificado de compañía

Desde el próximo link puede bajar el certificado de compañía en pdf:

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El certificado, en el momento en que se distribución en papel, debe venir firmado y sellado por el gerente legal de la compañía y debe señalar:

  • Causa de la extinción de la relación laboral (fin de contrato, despido, baja facultativa, ERE, excedencia, no superación del intérvalo de tiempo de prueba, etcétera).  Es primordial, ya que dependiendo del fundamento se va a poder tener o no derecho a una prestación.
  • Género de contrato, jornadas de trabajo,
  • Cotizaciones por contingencias recurrentes y de desempleo
  • Vacaciones cada un año retribuidas y no disfrutadas, etcétera


Período para mandar el certificado de compañía

La compañía va a deber producir el Certificado de Compañía en el período de diez días, a contar desde el próximo a la situación legal de desempleo (despido del trabajador, fin de contrato temporal, etcétera).

El archivo va a contar con toda la información a fin de que el trabajador logre pedir la prestación por desempleo o un subvención o asistencia excepcional.

Comunmente el certificado lo manda de manera directa la compañía al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE, viejo INEM) por medio de una app informática, Certific@2  que es obligatoria en las compañías con mayor número de usados.

Esencial: en la mayoría de las situaciones, la compañía no entregará el certificado en mano al trabajador, sino lo mandará de manera telemática al Servicio de Empleo.

Como salvedad, el Certificado se acostumbra dar en mano en aquellas compañías que por su actividad fija intermitente o temporal tengan distintos periodos de actividad o inacción o consecutivos contratos temporales en el mes y asimismo en compañías de tamaño muy achicado.

Si la compañía ha enviado el Certificado de manera electrónica, ¿puede el trabajador solicitar una copia del certificado en la oficina de empleo?

Si. Según la Orden TIN/790/2010, de 24 de marzo, que regula el envío de los Certificados, el Servicio Público de Empleo entregará una copia del certificado al trabajador si este lo pide.

Preguntar el Certificado de compañía por Internet

Ahora vimos que es nuestra compañía la que a través del sistema Contrat@ hace el envío al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y no lo distribución en mano, pero el trabajador puede conseguirlo por Internet.

Acceso al certificado de empresa desde la web del SEPE

Mediante la página del SEPE, si se tiene DNI electrónico, certificado digital o clave de usuario, se puede preguntar el certificado. Para esto acceda mediante este link;

Solicitud Certificados Compañía En línea (link), pulsando donde señala ““.

Asimismo hay libre un manual de empleo en pdf de esta herramienta.

¿Qué llevar a cabo si la compañía no distribución el Certificado o ha desaparecido?

Si la compañía se niega a dar el archivo, el trabajador debe pedir la prestación de todas maneras, para eludir que se le pase el período para solicitar el paro (tengamos en cuenta que es de 15 días hábiles desde la situación legal de desempleo).

Aparte de la petición de la prestación, adjuntará el impreso “Declaración de carencia de documentación en la petición de posibilidades”, libre en la oficina de empleo. En la mayoría de las situaciones el INEM (SEPE) requerirá de forma directa al empresario la distribución de la documentación.

Si la compañía ha desaparecido, el trabajador va a deber señalarlo en exactamente el mismo impreso. El Servicio Público de Empleo Estatal procurará contactar con ella, de forma directa o a través de la Inspección de Trabajo y Seguridad Popular. En casos de fuerza mayor el Certificado de Compañía o los documentos de cotización (TC) tienen la posibilidad de reemplazarse por otros medios de prueba, según señalen en la oficina de empleo.

¿Aparte del Certificado de Compañía, debe la compañía dar otros documentos?

La mayoría de las compañías están obligatoriamente dentro en un sistema informático que las conecta con la Tesorería General de la Seguridad Popular, el Sistema RED (Remisión electrónica de documentos) . Con este cruce de datos el SEPE conoce de forma automática las cotizaciones del trabajador, con lo que no es requisito integrar documentación agregada.

Si la compañía no estuviese dentro en el RED, lo que no es recurrente, va a deber dar al trabajador los TC2 (documentos de cotización) que corresponden de los 180 días de trabajo precedentes al cese.

¿Tienes ganas de saber mucho más sobre el certificado de compañía?

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