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¿Puedo solicitar el bono social de electricidad?

Verifica si tienes derecho a este descuento de hasta un 40 % en el recibo de la luz para colectivos vulnerables.

Aunque el bono popular en temas de electricidad está vigente desde el año 2014, hay gran parte de consumidores que por desconocimiento o inconvenientes burocráticos aún no ha pedido esta asistencia. De ahí que el gobierno está lanzando a lo largo de estos días una campaña de publicidad para anunciar la existencia del bono social de electricidad.

Se procura que las personas que no lo conocen, comprueben si están en su derecho a esta asistencia y que formalicen la solicitud, que puede efectuarse en cualquier momento.

¿Qué es el bono social de electricidad?

El bono social de electricidad es una rebaja en la factura de la luz, con diferentes tramos:

  • 25% para consumidores atacables que cumplan los requisitos establecidos,
  • 40% para consumidores atacables severos.
  • Además, se garantiza que no se podrá interrumpir el suministro eléctrico a esos usuarios bajo riesgo de exclusión popular que estén siendo atendidos por los servicios sociales autonómicos o municipales que paguen al menos el 50 % de la factura.

Las personas adjudicatarias del bono social de electricidad tienen un margen mayor para realizar frente a los impagos de facturas. En vez de los un par de meses de plazo general,  tienen un intérvalo de tiempo de 4 meses desde la primera notificación del impago.  

¿Qué requisitos son necesarios para pedir el bono social eléctrico?

A continuación detallamos los requisitos, pero puedes utilizar de forma directa la aplicación web para comprender si tienes o no derecho a pedirlo.

El bono lo puede solicitar el titular del contrato de la luz de su vivienda habitual.  Si la persona que lo desea pedir no es titular del contrato, deberá hacer un cambio de titularidad y  en estos casos destacables no se demandará la revisión de las instalaciones con más de 20 años.

Para poder pedir el bono hay que cumplir 2 géneros de requisitos:  los de tipo personal y familiar (rentas) y por otro lado, tener un contrato con la compañía de la luz con el valor de pequeño consumidor.

PARA SER CONSUMIDOR VULNERABLE (con un 25 % de descuento en la factura)

Hay que cumplir cuando menos uno de estos requisitos:

  • Que la renta (individual o familiar) no pase estos encuentres al año : 11.279€ (si no hay menores), 15.039€ (si hay un menor), 18.799€ (si al menos hay 2 menores).  Para situaciones especiales (con discapacidad igual o superior al 33%, víctima de terrorismo o víctima de violencia de género) los límites anteriores precedentes se incrementan en 3.760€.
  • o tener el título de familia numerosa,
  • o  que todos y cada uno de los integrantes que tienen ingresos en la unidad familiar sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Popular (jubilación o incapacidad persistente), con una pensión por la cuantía mínima vigente en todos y cada momento, para estas clases de pensión, y no sentir otros capital.

Y aparte de cumplir al menos entre los requisitos precedentes, hay que tener contratada la tarifa de Precio Voluntario para el Pequeño Cliente (PVPC)

PARA SER CONSUMIDOR VULNERABLE SEVERO (40 % de descuento)

Cumplir al menos uno de estos requisitos:

  • no sobrepasar la mitad del tope de rentas del cliente vulnerable (explicado en el punto previo)
  • o en el caso de familia numerosa, no sobrepasar los 15.039€ de renta de forma anual.
  • o en la situacion de pensionista con pensión mínima, que la renta de la unidad familiar no pase los 7.520 euros anuales.

Y aparte de cumplir al menos uno de los tres requisitos anteriores, es indispensable tener contratada la cuota de Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC)

PARA SER CONSUMIDOR EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL

  • El titular del contrato debe realizar los requisitos para ser considerado cliente vulnerable severo  (rentas y tarifa PVPC) y, además de esto,
  • ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien por lo menos el 50% del importe de su factura a PVPC. En caso de imposibilidad temporal para llevar a cabo frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico a un cliente en riesgo de exclusión popular.

Aplicación en línea de la Fundación Civio para comprender si puedes pedir el bono popular eléctrico

La Fundación Civio, en colaboración con la CNMC ha desarrollado este simulador a fin de que logres comprobar si tienes derecho a pedir el bono.


¿Qué es la cuota de Precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC)?

Es la cuota que necesariamente se debe tener contratada para lograr elegir a alguno de las modalidades del Bono Social Eléctrico.

El PVPC tan solo lo pueden disfrutar quienes tenga una  potencia contratada igual o inferior a 10 kW.  Es por lo tanto para todos los que tienen un consumo bajísimo de luz.  La ventaja del PVPC es que en la factura solo se carga la electricidad consumida (con impuestos y peajes), pero no otros conceptos adicionales que encarecen la factura.

A efectos de la aplicación del bono social, se comprenderá por unidad familiar la que está formada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiese: los hijos menores, con excepción de los que, con el permiso de los progenitores, vivan independientes de estos y los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.

En las situaciones de separación legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial (parejas en verdad registradas o no, etc) , la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro y que reúnan los requisitos a que se refiere la regla anterior.No es posible ser parte de dos entidades familiares al tiempo.

De qué manera y dónde solicitar el Bono Popular

Se debe pedir directamente a las compañías de electricidad (a sus llamadas “comercializadoras”) por teléfono, mail, correo ordinario, o fax. Todas tienen información en su página web.

Información de la comercializadoras de electricidad
Comercializadora de Referencia Teléfono Dirección web Dirección postal Fax Correo Electrónico
Endesa Energía XXI, S.L.U. 800 760 333 ENERGÍA XXI Aptdo. Correos 1.167, 41080 Sevilla No libre Email
Curenergía Comercialización deÚltimo Recurso, S.A.U. 900 200 708 Curenergía Aptdo. Correos 61.017, 28080 La capital de españa No libre Correo electrónico
Comercializadora regulada, GAS & POWER, S.A. 900 100 283 Gas&Power Aptdo. Correos 61.084 28080 La capital española 934630906 Email
BASER Comercializadora de referencia, S.A 900 902 947 BASER Aptdo. Correos 190 33080 Oviedo 984115538 Email
Régsiti Comercializadora de Referencia S.L.U. 900 10 10 05 RÉGSITI Calle Isabel Torres nº 19 39011 Santander 910911464 Correo electrónico
CORENERGÉTICO (CHC) Comercializador de Referencia S.L.U. 900 814 023 CORENERGÉTICO Apartado de Correos: F. D. Nº 90 // 3300010 – 33080 Oviedo 984115538 Correo electrónico
Teramelcor, S.L.* 800 00 79 43 Teramelcor Aptdo. Correos 6 52006 Melilla 951481180 Email
ENERGÍA CEUTA XXI COMERCIALIZADORA DE REFERENCIA S.A. 900 106 004 ENERGÍACEUTAXXI Aptdo. Correos 13, 51080 Ceuta 956517684 Email

Documentación precisa 

  • Modelo de solicitud del bono social. El modelo de solicitud está libre en la web de los comercializadores y en sus oficinas de atención al cliente (cuando tengan áreas de trabajo).  Puede ver varios ejemplos:  Iberdrola, Naturgy (Gas Natural)Endesa
  • Fotocopia del NIF o NIE del titular y de todos y cada uno de los miembros de la unidad familiar (incluyendo los mayores de 14 años con aptitud de obrar y los inferiores de 14 años que dispongan de él).
  • Certificado de empadronamiento, individual o grupo, del titular y de todos los integrantes de la unidad familiar.
  • En el caso de que forme una parte de una unidad familiar, libro de familia o certificación de la hoja individual del Registro Civil de todos los integrantes de la unidad familiar. En el caso de no formar parte de una unidad familiar, hasta que resulte posible la expedición de la hoja individual del Registro Civil, podría considerarse cualquier archivo expedido por la autoridad competente que acredite el estado civil del solicitante.
  • En la situacion de las familias varias, copia del título de familia abundante en vigor.
  • Si algún integrante de la unidad familiar tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, es víctima de crueldad de género o víctima del terrorismo, certificado u otro archivo acreditativo que debe obtener del órgano competente en servicios sociales.
  • Mucho más información y comentarios

  • Ministerio para la Transición Ecológica (web del bono social)
  • Cuestiones frecuentes sobre el bono popular
  • Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del cliente vulnerable, el bono popular y otras medidas de protección para los consumidores familiares de energía eléctrica.
  • Orden ETU/943/2017, de 6 de octubre, por la que se lleva a cabo el Real Decreto 897/2017,
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