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Si cambias de hogar, comunícalo a todas y cada una de las gestiones con un clic

Tras una mudanza es obligación informar a distintos organismos pùblicos y comunicarles el residencia actual.  No llevarlo a cabo siempre implica adversidades y en algunos casos, la pérdida de ayudas al no recibirse las alertas oficiales.

Es obligatorio comunicar el nuevo residencia a la administración

 
Desde un criterio legal, es obligatorio hacer llegar a la administración los cambios de domicilio. Si no se hace, las comunicaciones que organismos públicos manden el hogar anterior se considerarán válidamente realizadas y no se va a poder alegar que no se han recibido.  Son varios las situaciones que conocimos de personas que perdieron ayudas por no haber comunicado a la administración su nuevo hogar, cuándo desde un organismo público se intentó contactar con ellos a través de la dirección vieja.
 
Con la administración electrónica, hoy es posible hacer llegar a muchas gestiones el nuevo hogar con solo una administración.
 

 

El Portal único de Comunicación de Cambio de Residencia

 
La administración puso en marcha el llamado “Portal de Comunicación de Cambio de Hogar, que está libre en este enlace; https://cambiodomicilio.redsara.es/pcd/
 
Su objetivo es

 
Portal único de cambio de domicilio

 
Una vez que nos identificado con certificado digital, DNI electrónico o sistema clave, se puede escoger a qué administraciones deseamos informar de nuestro nuevo hogar.
 
administraciones a las que deseamos comunicar del cambio de domicilio
 

De qué manera reportar del nuevo hogar por el trámite tradicional

 
Cuando no se tiene identificación electrónica (certificado digital, documento nacional de identidad electrónico o clave), o hay problemas con los procesos en línea, no queda otra que informar una a una a todas las gestiones.

 

Empadronamiento

 
La primera cosa que se aconseja es asistir a la oficina de empadronamiento. No tiene que ver con tu oficina de hoy, sino más bien de la que sea correcto al nuevo residencia. Al gestionar el cambio de residencia se dará de baja de forma automática la primera, quedando en situación de alta solo el nuevo hogar.
Es conveniente solicitar múltiples copias ya que van a ser primordiales para presentar frente varios organismos un archivo que exponga la dirección del nuevo domicilio.

 

Oficina de Empleo

 
Tanto si estás anotado como demandante de empleo tal y como si estas cobrando una prestación por desempleo o subvención, es obligación hacer llegar el cambio de residencia a la oficina de empleo. Es importante, ya que no hacerlo puede suponer no recibir las notificaciones y con esto, la posibilidad de terminar con una sanción.
 
En las áreas de trabajo de empleo hay 2 gestiones, la estatal y la autonómica.
Si se recibe una prestación o ayuda se deberá notificar el cambio de hogar tanto al Servicio de empleo estatal (SEPE, el antiguo INEM) como al  Servicio Autonómico de Empleo de la Red social. Si únicamente se está apuntado al paro y no se recibe ninguna ayuda, es suficiente con comunicarlo al servicio autonómico.
 
Todos estos trámites hay que realizarlos en la oficia de empleo que se corresponde al nuevo domicilio, a fin de que las administraciones hagan lo que se conoce como un traslado de expediente.  Este desarrollo lo enseñamos con más detalle en este artículo.

 

Agencia Tributaria

Asimismo en materia tributaria nuestra ley establece la obligación del ciudadano de hacer llegar el residencia fiscal y sus modificaciones. Este trámite se puede efectuar frente a la Agencia Tributaria desde su portal en línea, o presencialmente a través de la presentación del modelo 030 o en el propio boceto de la declamación de la renta.
La ley general tributaria entiende el domicilio fiscal como ¨el sitio de ubicación del obligado tributario en sus relaciones con la Administración tributaria¨, que para la gente físicas va a ser, siempre que no tengan ocupaciones económicas, la vivienda frecuente. Mientras que, para las compañías o autónomos va a ser el sitio donde se halle la dirección o administración de los negocios.

 

Seguridad Social

 
El cambio de residencia asimismo hay que notificar a los distintos organismos del sistema de la Seguridad Social. El Centro Nacional de la Seguridad Popular (INSS) para todo lo referente a las posibilidades (pensiones, incapacidades, asistencia sanitaria, etc) y la Tesorería General de la Seguridad Popular (TGSS) si se está o se ha estado dado de alta como trabajador o usado.
 
Explicamos de qué manera cambiar el residencia en la Seguridad Popular por la red, con certificado digital, dni electrónico o sistema clave en el siguiente VIDEO:

 

 
Si además de esto se cambia a un hogar que forma parte a otra Red social Autónoma, habrá que darse de alta en el sistema público de salud del lugar de destino.

 

Dirección general de Tráfico

 
Algunos ayuntamientos tienen establecido un convenio con la DGT para efectuar el cambio de residencia. Si tienes ganas de saber si tu concejo tiene este convenio lo puedes comprobar en este link.
Se deberá dar el DNI, certificado de empadronamiento o algún recibo si no se cambia de municipio, y documentación del vehículo entre otros.
El cambio de residencia es gratuito y no va siempre unido al cambio del residencia fiscal del vehículo. Se debe tomar en consideración que si bien el plazo oficial es de 15 días, tener que acudir con cita previa hace difícil que se cumpla este periodo.

 

DNI y pasaporte

 
Efectuar este trámite es conveniente en tanto que cambiar el hogar es una  administración gratis, se puede pedir cita por Internet y ayudará a tener la información correcta y actualizada, además de servir como justificante a la hora de mostrar que se radica en la dirección indicada.
En este caso va a ser favorable acudir a la Dirección general de policía a la cita lograda con el certificado de empadronamiento. En ocasiones el sistema informático ahora tiene el domicilio actualizado, pero si el cambio es reciente lo mucho más posible es que se necesite un archivo acreditativo.

 

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