Indemnización por Despido Improcedente: Cuánto Te Corresponde y Cómo Cobrarla
El despido improcedente es uno de los más comunes en España y conlleva derecho a indemnización para el trabajador. Aquí te explicamos exactamente qué cuantía corresponde, cómo se calcula con las particularidades de la antigüedad anterior a 2012, los pasos para reclamar y las opciones que tienes según la decisión judicial.
| Concepto | Dato |
|---|---|
| Indemnización por año trabajado (general) | 33 días de salario por año |
| Por años anteriores a 12/02/2012 | 45 días de salario por año |
| Tope máximo | 24 mensualidades de salario |
| Plazo para demandar | 20 días hábiles desde el despido |
| Plazo conciliación previa | 20 días hábiles SMAC obligatorio |
| Salarios de tramitación | Solo si el empresario opta por readmisión |
- Qué es el despido improcedente
- Cómo se calcula la indemnización
- Antigüedad: qué cuenta y qué no
- Pasos para reclamar el despido improcedente
- Si la sentencia es improcedente: opciones
- Salarios de tramitación
- Lo que NO cuenta como salario para indemnización
- Salarios de tramitación y FOGASA
- Reclamación al SEPE: paro tras despido improcedente
- Reforma laboral 2022 y antigüedad
- Preguntas frecuentes
Qué es el despido improcedente
Es el despido que el juez (o el SMAC en conciliación) declara injustificado o sin causa válida acreditada. Las causas habituales:
- Despido disciplinario que no acredita los hechos imputados.
- Despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas (ETOP) sin documentación suficiente.
- Despido sin formalidades legales (sin carta de despido o con defectos formales).
- Despido por causas no probadas (acoso, rendimiento bajo, etc.).
El despido improcedente se distingue de:
- Procedente: causa justificada legalmente. No hay indemnización (en disciplinario) o se mantiene la indemnización del despido objetivo (20 días/año).
- Nulo: discriminación, violación derechos fundamentales, despido en situación protegida. No hay opción de pagar indemnización; obliga a readmisión.
Cómo se calcula la indemnización
El cálculo es:
- Calcula tu salario diario bruto: tu salario mensual (todas las pagas incluidas, prorrateadas) / 30 días.
- Para los años anteriores al 12 de febrero de 2012: salario diario × 45 días × años trabajados.
- Para los años posteriores al 12 de febrero de 2012: salario diario × 33 días × años trabajados.
- Suma ambos resultados.
- Aplica el tope máximo de 24 mensualidades del salario bruto.
Ejemplo de cálculo
Trabajador con 8 años de antigüedad (5 años antes 2012, 3 años después) y salario mensual de 2.000 €:
- Salario diario: 2.000 / 30 = 66,67 €.
- Primeros 5 años (antes 2012): 66,67 × 45 × 5 = 15.000 €.
- Últimos 3 años (después 2012): 66,67 × 33 × 3 = 6.600 €.
- Total indemnización: 21.600 €.
Si tu salario × 24 meses es inferior a esa cantidad, se aplica el tope. En este caso, 2.000 × 24 = 48.000 €, así que no se aplica tope.
Antigüedad: qué cuenta y qué no
- Cuentan los días efectivos de servicios prestados según el contrato.
- Cuentan las excedencias con reserva de puesto (cuidado de hijos, ascendientes).
- Cuentan las bajas por IT.
- NO cuentan las excedencias voluntarias sin reserva de puesto (suspenden la antigüedad).
- NO cuentan los periodos en huelga si el convenio así lo establece (raro).
Para servicios anteriores a 2012, el cálculo se hace por días reales, no por años completos. Si trabajaste 5 años y 6 meses antes del 12/02/2012, se prorratea correctamente.
Pasos para reclamar el despido improcedente
- Recibe la carta de despido. Conserva el original. Si no te la entregan formalmente, también es base para impugnar (defecto formal).
- Plazo de 20 días hábiles desde el despido para iniciar la reclamación.
- Conciliación previa en el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación). Es obligatoria antes de la demanda judicial. Es gratuita y se solicita en el plazo de 20 días hábiles.
- Si el SMAC alcanza acuerdo: la empresa paga la indemnización pactada. Suele ser entre 33 y 45 días/año.
- Si no hay acuerdo en SMAC: presentas demanda al Juzgado de lo Social en plazo de 20 días desde el acta de no acuerdo.
- Juicio: en plazo de 1-6 meses según juzgado. La sentencia declara procedente, improcedente o nulo.
Si la sentencia es improcedente: opciones
El empleador tiene 5 días hábiles desde la sentencia para decidir:
- Pagar la indemnización: 33 días/año (con 45 días para antigüedad anterior 2012), máximo 24 mensualidades. El contrato se considera extinguido en la fecha del despido.
- Readmitir al trabajador: reincorporar al puesto y pagar los salarios de tramitación (desde la fecha del despido hasta la sentencia).
En la práctica, la empresa siempre opta por pagar (es más barato). La readmisión solo se elige cuando es estratégicamente conveniente para la empresa.
Salarios de tramitación
Si la empresa elige readmitir, debe pagar los salarios de tramitación: el salario que habrías cobrado desde la fecha del despido hasta la sentencia. Pueden ser varios meses y a veces más de un año.
Si la empresa opta por indemnización (lo habitual), NO debe pagar salarios de tramitación. La indemnización es lo único.
Lo que NO cuenta como salario para indemnización
- Dietas de viaje, gastos suplidos.
- Beneficios sociales puntuales (cesta de navidad, regalos).
- Beneficios "en especie" no salariales (parking de visita, comedor subvencionado para todos).
Lo que SÍ cuenta:
- Salario base bruto.
- Complementos salariales fijos (antigüedad, peligrosidad, idiomas).
- Pagas extras prorrateadas.
- Pluses fijos por convenio.
- Comisiones medias del último año (cobradas regularmente).
- Beneficios "en especie" computables (coche de empresa para uso personal, vivienda).
Salarios de tramitación y FOGASA
Si la empresa quiebra o no paga, el FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) cubre:
- Indemnización hasta el tope (24 mensualidades del salario, multiplicado por un factor).
- Salarios pendientes hasta 150 días.
El FOGASA paga subsidiariamente. Primero hay que demandar a la empresa; si esta no paga, ejecutar contra ella y luego, si no hay bienes, reclamar al FOGASA.
Reclamación al SEPE: paro tras despido improcedente
El despido improcedente NO afecta a tu derecho al paro. Una vez tengas la sentencia (o el acuerdo SMAC):
- Inscribete como demandante en el servicio autonómico de empleo.
- Solicita la prestación contributiva al SEPE con certificado de empresa donde conste la fecha y motivo del despido.
- El SEPE aprueba la prestación si cumples 360 días cotizados a contingencia desempleo.
Reforma laboral 2022 y antigüedad
La reforma de 2022 mantuvo el sistema de 33 días/año desde 2012 y los 45 días/año por la antigüedad anterior. Esto significa que las indemnizaciones varían mucho según la antigüedad acumulada antes y después de esa fecha.
Preguntas frecuentes
¿Cobro indemnización si firmé baja voluntaria?
¿Cómo calcular la indemnización por despido improcedente?
¿Cuánto cobro por un despido improcedente?
¿Si me ofrecen indemnización antes del juicio, debo aceptar?
¿El despido durante el embarazo es improcedente?
¿Y si me despiden estando de baja médica?
¿Puedo negociar la indemnización sin ir al SMAC?
¿La indemnización tributa por IRPF?
Para casos específicos consulta con un abogado laboralista o sindicato. El despido tiene plazos cortos: actúa rápido para no perder derechos.
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