Prestación por Maternidad y Paternidad: 16 Semanas al 100% del Salario

Datos actualizados a actualidad - Prestacion por desempleo

  • Cotizacion minima exigida: 360 dias en los ultimos 6 anos
  • Cuantia primer periodo (180 dias): 70% de la base reguladora
  • Cuantia a partir del dia 181: 60%
  • Duracion: de 120 a 720 dias (4-24 meses) segun cotizaciones
  • Tope mensual sin hijos: 1.225 EUR brutos | con 2 o mas hijos: 1.575 EUR
  • Plazo para solicitar: 15 dias habiles desde el fin del contrato

Fuente: SEPE | Revisado: actualidad

La prestación por maternidad (oficialmente prestación por nacimiento y cuidado de menor) es la ayuda económica que paga la Seguridad Social a madres y padres durante su permiso por nacimiento, adopción o acogimiento. Cubre el 100% de la base reguladora durante 16 semanas y se solicita al INSS tras el parto. Su regulación actual responde a el Real Decreto-Ley 6/2019 de medidas urgentes para la igualdad efectiva.

ConceptoDato
Duración16 semanas (6 obligatorias tras parto)
Cuantía100% base reguladora
Cotización mínima (madres ≥26 años)180 días en 7 años, o 360 días en vida laboral
Cotización mínima (madres 21-25 años)90 días en 7 años, o 180 días en vida laboral
Plazo solicitud15 días desde inicio del descanso
Ampliación por parto múltiple+2 semanas por cada hijo desde el 2º
💡 Datos clave Padres y madres tienen ambos 16 semanas pagadas al 100% e intransferibles. No se pueden ceder al otro progenitor. Las primeras 6 semanas tras el parto son obligatorias e ininterrumpidas. Las 10 restantes pueden disfrutarse a tiempo parcial o fraccionarse hasta los 12 meses del bebé.
Índice
  1. Duración y modalidades del permiso
  2. Requisitos de cotización
  3. Cómo solicitar la prestación
  4. Compatibilidad con otras prestaciones
  5. Preguntas frecuentes

Duración y modalidades del permiso

El permiso por nacimiento se estructura en dos fases:

  • Primeras 6 semanas obligatorias: ininterrumpidas e intransferibles, a tomar inmediatamente tras el parto.
  • 10 semanas restantes: pueden disfrutarse a tiempo completo, parcial o fraccionadas en periodos semanales hasta que el menor cumpla 12 meses.
SituaciónSemanas totales
Parto único, sin complicaciones16 semanas por progenitor
Parto múltiple (2 hijos)18 semanas por progenitor
Parto múltiple (3 hijos)20 semanas por progenitor
Hijo con discapacidad+2 semanas adicionales
Familia monoparentalDiscusión normativa pendiente; en 2025 sentencia TS reconoce duplicación

Requisitos de cotización

Para cobrar la prestación necesitas estar de alta o asimilada en la Seguridad Social y tener un mínimo de cotización. El periodo varía según tu edad:

  • Menores de 21 años: sin periodo mínimo.
  • De 21 a 25 años: 90 días en los 7 años anteriores, o 180 días en toda la vida laboral.
  • Mayores de 26 años: 180 días en los 7 años anteriores, o 360 días en toda la vida laboral.
  • Autónomas (RETA): los mismos plazos que cuenta ajena, con cuantía calculada sobre tu base de cotización elegida.
⚠️ Si no llegas al mínimo Existe una prestación NO contributiva por nacimiento de 1.500 € en pago único para quienes no alcanzan los requisitos. La gestiona también el INSS y puede solicitarse aunque no tengas cotización suficiente.

Cómo solicitar la prestación

  1. Reunir documentación: DNI, libro de familia con la inscripción del bebé, certificado médico del parto o sentencia/resolución de adopción, certificado de empresa, datos bancarios.
  2. Solicitar el certificado de empresa a tu empleador (te lo facilitan de forma obligatoria).
  3. Si eres autónoma, descargar tu informe de cotización del RETA.
  4. Presentar la solicitud en la sede electrónica del INSS con certificado digital o Cl@ve.
  5. Aportar telemáticamente toda la documentación escaneada.
  6. Esperar la resolución (15-30 días).
  7. Comprobar que la fecha de inicio del descanso es la que has indicado (corregible si hay error).

Para revisar la lista completa de papeles necesarios, consulta también la guía de documentos para pedir prestaciones al SEPE: muchos se solapan con los del INSS.

Compatibilidad con otras prestaciones

ConceptoCompatible
Trabajo por cuenta ajenaNO (durante la baja)
Trabajo autónomoNO (durante la baja)
Otras prestaciones SSNO (incapacidad temporal sí)
Cobro paro suspendido al iniciar bajaSÍ (se retoma al terminar)
Ayudas autonómicas por nacimientoSÍ (depende CCAA)

Preguntas frecuentes

¿Cuántas semanas dura la baja de maternidad?
En España son 16 semanas, ampliables 2 semanas por cada hijo a partir del segundo en parto múltiple, y 2 semanas adicionales por discapacidad del bebé. Las primeras 6 semanas son obligatorias e ininterrumpidas tras el parto.

¿Cómo alargar la baja de maternidad?
La baja de maternidad de 16 semanas no se puede alargar como tal. Sí puedes encadenarla con: incapacidad temporal (si necesitas más tiempo médico), excedencia por cuidado de hijo (hasta 3 años, no cobras) o reducción de jornada por cuidado.
¿Cuántas semanas son de baja por maternidad?

16 semanas para cada progenitor, intransferibles y pagadas al 100% del salario. 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas tras el parto. Las 10 restantes pueden disfrutarse a tiempo parcial o fraccionadas hasta los 12 meses del bebé.
¿Cuánto cobra la madre durante la baja?

El 100% de la base reguladora durante toda la duración de la prestación. La base reguladora suele coincidir con el sueldo bruto de los últimos meses cotizados.
¿Y el padre? ¿Tiene los mismos derechos?

Sí. Desde 2021 ambos progenitores tienen 16 semanas de permiso pagado, intransferibles. Cada uno solicita su prestación de forma independiente.
¿Y si soy autónoma?

También tienes derecho. La cuantía depende de tu base de cotización del RETA. Debes haber cotizado al menos 180 días en los 7 años anteriores al parto.
¿Puedo cobrar la prestación si trabajo durante la baja?

No. La prestación es incompatible con cualquier trabajo por cuenta propia o ajena durante el periodo. Hacerlo es causa de devolución y sanción.
¿Cuándo se cobra la primera mensualidad?

Tras la solicitud, el INSS resuelve en 15-30 días. El primer ingreso suele llegar entre 30 y 45 días después del nacimiento.
¿Las 16 semanas pueden disfrutarse a tiempo parcial?

Sí. Salvo las primeras 6 semanas obligatorias tras el parto, las 10 semanas restantes pueden disfrutarse a jornada completa o parcial, e incluso fraccionadas hasta que el bebé cumpla 12 meses.

Fuente complementaria: Real Decreto-Ley 6/2019 de igualdad efectiva.

La prestación por nacimiento es uno de los derechos laborales más importantes y mejor pagados de la Seguridad Social española. 100% del salario durante 4 meses por progenitor, sin más límite que cotizar el mínimo exigido. Solicítala en sede.inss.gob.es con tu certificado o Cl@ve, o pide cita previa al INSS al 901 16 65 65.

Sobre este contenido
Revisado por nuestro equipo editorial especializado en derecho laboral y prestaciones de la Seguridad Social. La información se actualiza al detectar cambios normativos relevantes (SEPE, INSS, BOE). Para casos particulares consulta siempre con un profesional autorizado o pide cita previa en el SEPE.

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