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Alta, baja y suspensión de la demanda de empleo

La demanda de empleo, lo que se conoce como “tarjeta del paro” puede encontrarse en 3 situaciones administrativas: baja, alta, y suspensión.

Cada una de ellas conllevan derechos y obligaciones.

Es muy importante controlar el estado de la tarjeta del paro (suspensión, alta o baja), ya que en cada una de ellas, la persona demandante de empleo tiene distintos derechos y obligaciones.  

Demanda en ALTA

La demanda está en situación de alta cuando el trabajador se ha inscrito en la oficina de empleo, o sea, está apuntado al paro y esta inscripción tiene plena efectividad. Estamos indicando que estamos con disponibilidad para ser ocupados y para recibir orientación, formación, etc.

Las demandas en alta tienen una vigencia temporal y han de ser ser renovadas periódicamente, generalmente, cada 90 días. Es lo que se conoce como sellar el paro.

La falta de renovación de la tarjeta del paro supone el paso a la situación administrativa de baja y esto puede traer consecuencias negativas, como por servirnos de un ejemplo perder la antigüedad de demandante de empleo.

La antigüedad se necesita para pedir algunas prestaciones y ayudas. Si se le ha olvidado sellar el paro, lea esta guía.

OBLIGACIONES ESTANDO DE ALTA:

Buscar activamente trabajo, estar predisposición de los servicios de empleo, actualizar la demanda, acudir a las citaciones de la oficina de empleo, aceptar ofertas de empleo, comunicar cambios en las circunstancias personales, comunicar si hay incrementos de renta mientras que recibe un subsidio, solicitar autorización par viajar al extranjero, etc.) Las enseñamos aquí: el deber de actividad.

DERECHOS ESTANDO DE ALTA:

Recibir consejos y orientación para la búsqueda de empleo, recibir capacitación a través de cursos, intermediación laboral para entrar a ofertas de trabajo, etcétera.

Además, estar dado de alta como demandante de empleo es requisito imprescindible para pedir cualquier prestación, subsidio o ayuda por desempleo.

Demanda en BAJA

La demanda está en situación de baja por distintos motivos:

  • El demandante ha encontrado trabajo y estás de alta en la Seguridad Social.
  • Por no haber renovado la demanda en la fecha establecida.
  • A solicitud del propio demandante.

Recuerde que si empieza a trabajar debe reportar obligatoriamente a la oficina de empleo. Puede comunicarlo en la oficina, por teléfono o por internet (cómo hacer llegar la colocación).

Con la demanda en situación de baja ahora no es posible recibir los servicios de la oficina de empleo.

Es aconsejable seguir renovando la tarjeta por la antigüedad en la demanda.

Demanda en SUSPENSIÓN

La demanda de empleo puede estar suspendida por un tiempo por distintas razones:

  • Incapacidad temporal del trabajador
  • Baja maternal
  • Estar haciendo cursos de formación
  • Privación de libertad y otras situaciones.

Son ocasiones que complican o previenen el cumplimiento de las obligaciones del llamado “compromiso de actividad”.

De ahí que, mientras que se contengan las situaciones o no se agoten los plazos que marca la norma, la demanda continuará suspendida.

La demanda de empleo en suspensión puede estar por su parte en 2 situaciones:

  • Suspensión con intermediación: quiere decir que el demandante quiere seguir recibiendo ofertas de trabajo, cursos de formación y el resto de servicios de intermediación.
  • Suspensión sin intermediación: el trabajador no recibirá ninguno de los precedentes servicios.

Hay un tipo de demanda, que es la llamada “tarjeta de optimización de empleo” que da la opción a trabajadores en activo (dados de alta en el régimen general, en autónomos, trabajadoras del hogar, etc) beneficiarse de los servicios que se ofrecen en las oficinas de empleo.

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