Una de nuestras lectoras desea entender a qué tiene derecho si comunica a la familia a la que trabaja que va a irse a su país en un mes y que dejará de trabajar con ellos.
Quienes trabajan como internas en domicilios particulares, llevando la vivienda, precaución de personas, etcétera, se rigen por la normativa de los usados de hogar.
El trabajo como usado o usada de hogar hablamos de una relación laboral que tiene ciertas características, en tanto que hablamos de un contrato que se lleva a cabo en un residencia especial y en todo instante debe estar apoyado en la seguridad entre ámbas partes. De ahí que no hay demasiadas limitaciones a fin de que ámbas partes le logren terminar sin precisar justificar el fundamento, pero eso si, acatando los derechos de la otra sección.
Veremos ámbas ocasiones:
A) En el momento en que es el cabeza de familia el que escoge terminar al contrato.
En el momento en que es el contratador el que desea terminar al contrato por cualquier fundamento (pérdida de seguridad, fin de la necesidad de una usada de hogar, etcétera), se genera lo que tiene por nombre “desistimiento” y el encargado de la familia tiene la obligación de ofrecer un preaviso de 20 días si el contrato transporta mucho más de 1 año, y si no 7 días.
La usada de hogar debe recibir por una parte el finiquito, con liquidación de todas y cada una de las proporciones atentos (sueldos, horas plus, vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de las pagas plus, etcétera) y además de esto, una indemnización de 12 días al año, con el límite de 6 mensualidades, asimismo en metálico y en el instante de hacer llegar el desistimiento, que siempre y en todo momento se debe de avisar por escrito. En esta guía enseñamos con mucho más aspecto todo lo relativo al desistimiento del empleador y a otras causas por las que se puede terminar al contrato.
B) Si es la desempleada la que desea dejar de trabajar para la familia, esto equivale a una baja facultativa o dimisión.
La usada de hogar asimismo puede terminar al contrato sin la necesidad de ofrecer explicación del fundamento, que puede estar o no justificado, pero que crea asimismo derechos y obligaciones.
En estas situaciones, hay que prestar atención a eso que se señala en el contrato de trabajo, puesto que en ciertos casos se apunta un período obligación de preaviso, por servirnos de un ejemplo de un mes, a fin de que la familia tenga tiempo de organizarse y no ocasionarle perjuicios. Si en el contrato no dicen nada, se aplica lo que sea frecuente por la práctica, que tienden a ser 15 días de preaviso. Si a la familia no se le da el preaviso, puede descontar esos días de las proporciones que tuviese pendiente de liquidar a la usada, al comprender que no se ha respetado ese derecho y que por este motivo se le causa un perjuicio. Este sería la situacion, por servirnos de un ejemplo, de una usada que se va de la vivienda de un día para otro.
En la situacion de baja facultativa o dimisión del usado, no hay derecho a recibir ninguna indemnización al fin de contrato, tenga la antigüedad que tenga en ese puesto, ya que se comprende que el objetivo de la relación laboral fué por su intención y no por la del empleador.
A eso que si hay derecho, naturalmente, es a recibir la liquidación o finiquito, en el que el empresario debe pagarle en efectivo todas y cada una de las proporciones atentos por conceptos como sueldo pendiente de cobrar del mes, horas plus atentos, festivos atentos de cobrar, vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de las pagas plus que no se hayan cobrado, etcétera. Comunmente el finiquito sale con una cantidad en pos del trabajador, pero pudiese ser que saliese igual a a cero o aun negativo, pues por servirnos de un ejemplo el trabajador hubiese gozado de sobra vacaciones que las que le correspondía o no haya respetado el preaviso puesto en compromiso, etcétera. En cualquier caso, en el archivo de finiquito, que hay que dar por escrito, tienen que detallarse todos estos conceptos y proporciones.
En este sentido, son de app todas y cada una de las sugerencias que frecuentemente hacemos para los finiquitos por norma general (+info).
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