Calcular el paro del SEPE: calculadora online con base reguladora y tramos
Calcular el paro del SEPE: cuánto voy a cobrar
Introduce tu base reguladora diaria (la que aparece en tu certificado de empresa) y los días cotizados en los últimos 6 años. La calculadora aplica los porcentajes vigentes (70 % los primeros 180 días, 60 % después) y los topes máximos y mínimos según hijos a cargo.
Cómo interpretar el resultado
La calculadora aplica los porcentajes y topes previstos en los artículos 270 y 271 de la LGSS (Real Decreto Legislativo 8/2015). Es una estimación orientativa: el SEPE puede ajustar en función de circunstancias específicas (ERTE, sanciones previas, compatibilidades). Para números exactos, el certificado de reconocimiento que emite el SEPE tras la solicitud es la fuente definitiva.
Prestación contributiva y subsidio por desempleo: la diferencia clave
El SEPE paga dos cosas distintas con nombres parecidos. La prestación contributiva (lo que la gente llama "el paro") depende de los días cotizados y de la base reguladora, y la calcula esta página. El subsidio por desempleo es una ayuda posterior, de cuantía fija ligada al IPREM, que se cobra cuando la prestación contributiva se agota o cuando no se han cotizado los 360 días mínimos para acceder a ella. El paro contributivo pertenece al nivel contributivo del sistema; el subsidio por desempleo, al asistencial.
El derecho a la prestación contributiva depende de haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años y de encontrarse en situación legal de desempleo. El importe mensual sale del promedio de las bases de cotización de los últimos 180 días; el servicio público de empleo descuenta las horas extra y aplica el 70 % los primeros 180 días y el 60 % después. El acceso al subsidio exige en cambio no cobrar renta superior al 75 % del salario mínimo interprofesional y, en muchos casos, cargas familiares.
Cobrar paro contributivo y, al terminar, acceder al subsidio del SEPE es la secuencia habitual cuando la duración reconocida no cubre todo el periodo de búsqueda de empleo. Si estás en esta situación legal de desempleo pero no has llegado a cotizar lo suficiente para la prestación contributiva, el subsidio por insuficiencia de cotización puede corresponder desde el primer día.
De dónde sale la base reguladora
La base reguladora es el promedio de las bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días trabajados. Se excluyen las horas extra. El certificado de empresa que emite tu empleador al finalizar el contrato incluye esta cifra. Si no la tienes a mano, aproxima con tu salario bruto habitual dividido entre 30.
Hay una cotización mínima que condiciona el cálculo: 360 días cotizados en los últimos 6 años para acceder al derecho. Por debajo de esa base de cotización mínima no corresponde la prestación contributiva aunque sí puede corresponder el subsidio. El cálculo del importe mensual depende por entero del salario cotizado en los 180 días previos al cese: una base alta durante esos seis meses eleva la base reguladora aunque los años anteriores se cotizase menos.
Ejemplo: salario bruto mensual 1.800 €. Base reguladora estimada 60 €/día (1.800 ÷ 30). Con 1.500 días cotizados y sin hijos, la calculadora devuelve unos 1.225 € brutos los primeros 6 meses (limitado por el tope máximo).
Situación legal de desempleo: cuándo generas derecho a cobrar
No todo cese laboral genera derecho a la prestación. El SEPE exige estar en una situación legal de desempleo tipificada en el artículo 267 de la LGSS. Las causas que la ley reconoce son el despido (objetivo, disciplinario, colectivo), la finalización del contrato temporal, el fin de la relación en una incapacidad temporal con alta médica sin reincorporación, la víctima de violencia de género que cesa voluntariamente y la extinción por voluntad del trabajador por causa justificada.
Fuera de esos supuestos no hay situación legal de desempleo y, por tanto, no se puede cobrar paro contributivo aunque haya habido cotización. Dejar el trabajo sin justa causa (la baja voluntaria clásica) elimina el derecho, aunque la cotización no se pierde: queda guardada para una posible futura prestación cuando sí haya un cese que la ley reconozca. Ese es el motivo habitual de denegación en los expedientes del SEPE.
El trabajador aporta la documentación anterior en el momento de la solicitud: la carta de despido, el finiquito, el certificado de empresa y, cuando corresponda, la sentencia judicial que declara improcedente el despido. Con esta documentación el SEPE verifica que la situación legal de desempleo existe y que el derecho a la prestación nace en la fecha del cese.
Topes vigentes según hijos a cargo
El importe mensual bruto que calcula el SEPE no puede ser inferior al mínimo ni superior al máximo que fija cada año el IPREM. El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples es la referencia legal que acota la prestación por abajo (para que no caiga por debajo del umbral de subsistencia) y por arriba (para evitar prestaciones muy altas aunque la base reguladora fuese elevada). Los topes dependen del número de hijos a cargo.
| Hijos a cargo | Máximo bruto | Mínimo bruto |
|---|---|---|
| Sin hijos | 1.225 € (175 % IPREM) | 600 € (80 % IPREM) |
| 1 hijo | 1.400 € (200 % IPREM) | 803 € (107 % IPREM) |
| 2 o más | 1.575 € (225 % IPREM) | 803 € (107 % IPREM) |
Si la base reguladora da un importe teórico de 1.400 € pero no hay hijos a cargo, la cuantía mensual se recorta a 1.225 € (175 % del IPREM). Si da 450 € y hay un hijo, se eleva al mínimo de 803 €. El cálculo definitivo del importe depende de combinar porcentaje sobre base reguladora, tramo del periodo (meses 1-6 al 70 %, resto al 60 %) y aplicación del tope correspondiente.
Tramos de duración según días cotizados
| Días cotizados | Duración del paro |
|---|---|
| 360 a 539 | 4 meses |
| 540 a 719 | 6 meses |
| 720 a 899 | 8 meses |
| 900 a 1.079 | 10 meses |
| 1.080 a 1.259 | 12 meses |
| 1.260 a 1.439 | 14 meses |
| 1.440 a 1.619 | 16 meses |
| 1.620 a 1.799 | 18 meses |
| 1.800 a 1.979 | 20 meses |
| 1.980 a 2.159 | 22 meses |
| 2.160 o más | 24 meses |
La duración de la prestación contributiva nunca supera los 720 días (dos años) por mucho que la cotización acumulada sea superior. Agotados esos 24 meses, si sigue en situación legal de desempleo y la unidad familiar reúne los requisitos de rentas, el trabajador puede solicitar el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva (una ayuda complementaria del SEPE). Esta duración de la prestación es independiente del importe mensual, que sí varía con la base reguladora.
Importe mensual: cómo encajan porcentaje, base reguladora y topes
El importe mensual bruto se calcula en tres pasos. Primero se multiplica la base reguladora diaria por 30 para pasar a mes. Después se aplica el porcentaje del tramo: 70 % durante los primeros 180 días cobrados, 60 % desde el día 181. Por último se contrasta con los topes de IPREM: si queda por encima del máximo, se recorta; si queda por debajo del mínimo, se eleva.
Un ejemplo: base reguladora 70 €/día con un hijo. Importe teórico primeros 6 meses: 70 × 30 × 0,70 = 1.470 €. Como el tope máximo con un hijo es 1.400 €, el SEPE paga 1.400 € brutos mensuales. A partir del mes 7: 70 × 30 × 0,60 = 1.260 €, por debajo del tope, de modo que corresponde 1.260 €. Cobrar el paro completo en este caso equivale a aproximadamente 15.300 € brutos repartidos a lo largo de un año y medio si la cotización acumulada da esa duración.
Sobre ese importe mensual bruto el SEPE aplica una retención de IRPF (mínima del 2 %) y una pequeña cotización a la Seguridad Social. El neto que llega a la cuenta queda entre un 15 % y un 20 % por debajo del bruto. El modelo 145 permite subir voluntariamente el porcentaje de IRPF si prevés que la declaración anual te va a salir a pagar.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre bruto y neto?
El bruto es lo que reconoce el SEPE. El neto lo que llega a tu cuenta tras las retenciones (IRPF y Seguridad Social). La diferencia oscila entre un 15 % y un 20 % según tu situación personal y la comunicación del modelo 145 que hayas presentado.
¿Se puede reducir el porcentaje de IRPF?
El SEPE aplica el 2 % de IRPF por defecto. Puedes solicitar un porcentaje mayor si prevés que la tributación anual te va a exigir declaraciones complementarias. Se pide con el modelo 145 en la sede electrónica del SEPE o en la oficina.
¿Qué cotización mínima necesito para cobrar paro?
El acceso a la prestación contributiva exige 360 días cotizados en los últimos 6 años. Por debajo de esa cotización no corresponde paro contributivo, pero sí puede corresponder el subsidio por insuficiencia de cotización del SEPE si se cumplen los demás requisitos (renta y, en muchos casos, cargas familiares).
¿Cómo afecta la base reguladora al importe mensual?
La base reguladora es el promedio de las bases de cotización de los últimos 180 días. El SEPE multiplica esa base reguladora diaria por 30 y aplica el porcentaje (70 % o 60 % según el tramo). Dentro de los topes máximos y mínimos del IPREM, cada euro adicional de base reguladora se traduce de forma proporcional en más euros de prestación mensual.
¿Qué es la situación legal de desempleo?
Es la condición jurídica que da derecho a cobrar paro: haber perdido el empleo por una causa que la ley reconoce (despido, fin de contrato temporal, extinción justificada por el trabajador). La baja voluntaria sin causa justificada no genera situación legal de desempleo. El servicio público de empleo verifica esta situación con la documentación aportada en la solicitud.
¿La calculadora es fiable?
Es orientativa. Sigue la lógica de cálculo del SEPE (porcentajes y topes vigentes) pero no puede replicar todos los ajustes específicos que se aplican en cada expediente. Para el número exacto, la resolución del SEPE tras la solicitud es la fuente autorizada.