Requisitos para el paro de autónomos: cese de actividad
Requisitos para el paro de autónomos: cese de actividad
El paro de autónomos, técnicamente "prestación por cese de actividad", está regulado por la Ley 32/2010. Exige haber cotizado por esta contingencia y acreditar que el cese es involuntario, no una decisión personal.
Requisitos del cese de actividad
- Cotización mínima: 12 meses continuados cotizando por cese de actividad (opcional en el RETA).
- Causa involuntaria: pérdidas económicas del 10 %+ anual, ejecuciones judiciales, fuerza mayor, pérdida de licencia administrativa.
- Inscripción como demandante en el servicio de empleo autonómico.
- Estar al corriente de cuotas con Seguridad Social.
- No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación.
Cuantías y duración
| Meses cotizados | Duración | Cuantía |
|---|---|---|
| 12 a 17 | 4 meses | 70 % base reguladora |
| 18 a 23 | 6 meses | 70 % |
| 24 a 29 | 8 meses | 70 % |
| 30 a 35 | 10 meses | 70 % |
| 36 a 42 | 12 meses | 70 % |
| 43 a 47 | 16 meses | 70 % |
| 48 o más | 24 meses | 70 % |