Prestacion por cese de actividad para autonomos
El paro de autonomos
Se llama tecnicamente prestacion por cese de actividad y esta regulado por la Ley 32/2010. Cuantia del 70 por ciento de la base reguladora y duracion segun meses cotizados por cese.
Requisitos
Ver la pagina de requisitos detallados para el listado completo. Los principales: 12 meses cotizados por cese de actividad, causa involuntaria y estar al corriente con Seguridad Social.
Cuantia y duracion
| Meses cotizados por cese | Duracion |
|---|---|
| 12 a 17 | 4 meses |
| 18 a 23 | 6 meses |
| 24 a 29 | 8 meses |
| 30 a 35 | 10 meses |
| 36 a 42 | 12 meses |
| 43 a 47 | 16 meses |
| 48 o mas | 24 meses |
La cuantia se calcula sobre el 70 por ciento de la base reguladora, con los mismos topes maximos y minimos que el paro contributivo ordinario.
Compatibilidad y tarifa plana
Al terminar el cese de actividad y darte de alta como asalariado, puedes generar derecho al paro contributivo del Regimen General si acumulas 360 dias adicionales. Si te reincorporas como autonomo, la tarifa plana de 80 euros al mes vuelve a estar disponible tras 2 anos de baja del RETA.