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Consejos frente a una sanción disciplinaria en la empresa

La compañía me ha sancionado, ¿qué hago? 

La potestad sancionadora del empresario

Durante la vida laboral de un trabajador, es viable recibir sanciones por parte de la empresa, en ocasiones por incumplimientos y otras como forma que tienen las compañías de elaborar un despido. Observemos qué hacer cuando se recibe una carta de sanción.

Los empresarios tienen el poder de dirigir su compañía y de controlar la actividad laboral, de modo que si un trabajador incumple sus obligaciones, tienen la posibilidad de proceder a sancionarle. El empresario, en consecuencia, puede sancionar de manera directa, sin que esa sanción la deba imponer un juez u otra persona. Esta es una potestad que reconoce el propio Estatuto de los Trabajadores.

Sin embargo, a veces las sanciones son usadas inadecuadamente por la compañía para elaborar el sendero para un futuro despido disciplinario, creando precedentes artificiosos de mal accionar del trabajador y así mismo conseguir despedir al trabajador ahorrándose la indemnización.

¿Qué hacer si en la compañía me dan una carta de sanción?. Sugerencias

La compañía debe comunicar la sanción por escrito. Legalmente solo se deben dar por escrito las sanciones graves y muy graves, pero en la práctica también las leves se dan por escrito, en tanto que si no la empresa no puede demostrar que ha sancionado a un trabajador.

El trabajador tiene que seguir estos pasos cuando reciba la carta de sanción:

  • Reclamar que le den una copia de lo que va a firmar, ver que la copia sea igual que el original y guardarse su copia
  • En el acuse de recibo, poner la fecha precisa donde realmente le han entregado la carta. Ciertas compañías aprovechan el instante de nerviosismo del trabajador y ponen una fecha previo, para intentar que se le pase el plazo para poder demandar en contra de la sanción.
  • Y para finalizar, firmar indicando “no conforme”. Así mismo quedará acreditado que el trabajador no está acorde con la sanción, si bien como observaremos más adelante, para impugnarla hay que realizar ciertos trámites más.
  • Negarse a firmar la carta no sirve de nada, en tanto que la compañía podrá buscar dos presentes que firmen que se intentó la distribución y el trabajador se ha negado. Y posteriormente la empresa mandará la carta por burofax. Tampoco servirá no recoger el burofax, en tanto que con el envío la empresa va a haber cumplido con su obligación de notificarlo, por lo que siempre es conveniente agarrar la carta de despido para poder tener las armas suficientes para poder demandar a la empresa impugnando la sanción.

Expendiente contradictorio o fase de alegaciones

Si la compañía te ha sancionado, el paso inicial es comprobar en tu convenio colectivo si existe algún procedimiento que regule estas situaciones y las obligaciones que impone a compañía y trabajador.

En determinados Convenios Colectivos se exige que en algunos géneros de falta, sobre todo en las graves y muy graves, sea obligación proseguir un expediente contradictorio.  En el momento en que de esta manera lo prevé el convenio, la compañía tiene que reportar de los hechos que le imputa al trabajador y su intención de sancionarle y debe ofrecer la opción para que el trabajador explique los motivos por los que no debe ser sancionado. Entonces la compañía resolverá si quiere sancionar o no según las alegaciones fabricadas.  En la situacion de los representantes de trabajadores y por faltas graves o muy graves, este expediente contradictorio es obligatorio.

En la práctica, en el momento en que una compañía comienza un expediente contradictorio, es señal inequívoca de que desea sancionar. Por ello, el trabajador debe sopesar bien las alegaciones que va a enseñar, para que entonces, si se llega a los juzgados, no sean contradictorias con lo que se indique en la demanda contra la sanción.

Requisitos formales de la carta de sanción disciplinaria

En la carta de sanción la compañía debe describir completamente, sin margen de duda, los hechos por los que sanciona al trabajador. Indicando claramente los hechos, cuando han sucedido, quien se encontraba implicado, etc.

El contenido de la carta no puede ser general o ambiguo, como por servirnos de un ejemplo señalar que .

Los hechos tienen que estar bien descritos. Por ejemplo:

Además tendrá que indicar qué incumplimiento de las conductas sancionables del Convenio Colectivo se ha infringido, y la sanción que se impone. En la situacion de suspensión de empleo y sueldo, tendrán que indicarse el número de días y en el momento en que se va a cumplir la sanción. En la situacion de imponer una sanción muy grave, la empresa tendrá que reportar a los representantes de los trabajadores.

Formas de proceder sancionables y sus sanciones

En los Convenios Colectivos vienen indicadas las conductas sancionables, y las empresas solo podrán sancionar si el trabajador comete alguna de estas formas de proceder.

Si el trabajador no realiza ciertas formas de proceder indicadas como falta en el Convenio Colectivo no puede ser sancionado. De forma especial no se puede ser sancionado como represalia por haber demandado o reclamado derechos a la compañía, por negarse a realizar horas extra u horas complementarias, por ser gerente de los trabajadores o por haber participado en una huelga.

Las sanciones que se pueden imponer, asimismo tienen que venir indicadas en el convenio colectivo, y comunmente tienen esta graduación:

  • Amonestación
  • Suspensión de empleo y sueldo. La compañía te manda a casa sin cobrar, pero tampoco se debe trabajar. El número de días viene indicado según la gravedad de las sanciones.
  • El despido disciplinario, que es la mucho más grave de todas las sanciones.

Ejemplo real de de qué forma se regulan las sanciones en un convenio colectivo.

Ejemplo: en el Convenio Colectivo de áreas de trabajo y despachos de La capital española (2019 -2021), se regula el régimen disciplinario y las sanciones en los productos 44 a 49. Puede verlo aquí (pdf).

En ningún caso la compañía puede sancionar reduciendo el número de vacaciones o el tiempo de descanso del trabajador, o descontando dinero de la nómina.

Ejemplo:

La prescripción de las sanciones del empresario

El empresario no puede sancionar en el momento en que quiera al trabajador, sino tiene un plazo para hacerlo. De lo contrario, cualquier trabajador que haya cometido una falta, estaría siempre en la cuerda floja, pendiente de no ser sancionado.

Dependiendo de la gravedad de la falta existen diferentes plazos a fin de que estas prescriban: Si la falta es suave, 10 días. Si la falta es grave, 20 días. Si la falta es muy grave, 60 días. Estos plazos empiezan a contarse desde el instante en que la empresa tiene conocimiento de la falta que ha cometido el trabajador, pero en cualquier caso, el período máximo es de 6 meses desde que se realizó la falta (art. 60 ET).

Ejemplo:

Cómo impugnar la carta de sanción disciplinaria

Si no se está según con la sanción, es necesario impugnarla. El paso inicial es la presentación de una papeleta de conciliación . Y en el caso de que instantaneamente de conciliación administrativa no se llegue a ningún acuerdo, va a ser necesario presentar una demanda ante los Juzgados de lo Popular.

Frente a una demanda judicial del trabajador, el juez tendrá que elegir si:

  • La carta de sanción cumple con los requisitos.
  • Si la empresa ha demostrado que el trabajador hizo los hechos que le imputan.
  • Si los hechos son tan graves como para merecer la sanción impuesta.

El juez puede dictar que la sanción sea adecuada, o revocarla. Caso de que la sanción sea de suspensión de empleo y sueldo y sea anulada, la compañía deberá abonar esos días, pero el trabajador no tendrá que recuperar esos días no trabajados.

IMPORTANTE: El plazo que tiene el trabajador para impugnar la sanción es de solo 20 días hábiles (no cuentan sábados, domingos y festivos).

¿Vale un escrito realizado por mí o por los representantes legales de los trabajadores?

No, no vale como impugnación de la sanción un escrito que haya podido realizar el trabajador o los representantes de los trabajadores, diciendo que no se está según con la sanción, y que se haya entregado a la compañía. A efectos legales, si no se presenta la papeleta de conciliación y la demanda, es tal y como si no se hubiera impugnado la sanción, y la sanción será estable. Es decir, que el trabajador habrá aceptado que hizo las conductas que le imputa la empresa y acepta la sanción que le impone.

¿Por qué es importante impugnar la sanción?

Es importante impugnar las sanciones a fin de que no existan “antecedentes” en el expediente de la compañía, que esta puede utilizar para justificar un despido disciplinario pues el trabajador ahora había sido sancionado antes y se genera reincidencia.

Si en cambio se ha impugnado la sanción, el trabajador demuestra que no está según con ella y la sanción no será firme (esto es que no crea precedente) hasta el momento en que no sea confirmada por un juez. Impugnar las sanciones, si bien sean solo una mera amonestación, es una manera de protegerse contra futuros despidos.

Referencias legales:

– Consulte el convenio colectivo aplicable en la compañía. ¿De qué manera localizar su convenio colectivo?

– Artículo 58 del Estatuto de los Trabajadores

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