RAI Mayores de 45 Años: Cuantía, Requisitos y Cómo Solicitarla al SEPE

Datos actualizados a actualidad - Subsidios del SEPE

  • IPREM vigente: 600 EUR/mes (14 pagas) / 8.400 EUR/ano
  • Cuantia subsidio: 480 EUR/mes (80% del IPREM)
  • Subsidio mayores 52 anos: hasta edad ordinaria de jubilacion
  • RAI: 480 EUR/mes durante 11 meses, maximo 3 derechos
  • Declaracion anual de rentas obligatoria
  • Compatible con cursos del SEPE y formacion ocupacional

Fuente: SEPE | Revisado: actualidad

La Renta Activa de Inserción (RAI) es un programa específico del SEPE para personas en situación de necesidad económica que han agotado prestaciones y subsidios ordinarios. Va dirigida principalmente a desempleados de larga duración mayores de 45 años, víctimas de violencia de género, personas con discapacidad reconocida o emigrantes retornados. Se cobra 480 € al mes durante 11 meses por ciclo y puede solicitarse hasta 3 veces durante la vida laboral.

Información oficial complementaria en Real Decreto 1369/2006 sobre la RAI.

El procedimiento, los requisitos y la cuantía están regulados por el Real Decreto 1369/2006 sobre la Renta Activa de Inserción.

ConceptoDato
Cuantía mensual80% del IPREM (≈480 €)
Duración por ciclo11 meses
Ciclos máximos en vida laboral3
Edad mínima general45 años
Inscrito como demandante de empleoMínimo 12 meses ininterrumpidos
Tiempo entre ciclosAl menos 1 año
💡 Datos clave La RAI NO cotiza para jubilación, pero sí computa como periodo asimilado para mantener la afiliación. Compatible con becas y trabajo a tiempo parcial con deducción proporcional. Incompatible con cualquier otra prestación o subsidio.
Índice
  1. Quién puede cobrar la RAI
  2. Requisitos económicos: ahorros y rentas
  3. Cómo solicitar la RAI paso a paso
  4. Compatibilidad de la RAI con trabajo
  5. Errores que te dejan sin RAI
  6. Preguntas frecuentes

Quién puede cobrar la RAI

Cuatro colectivos pueden acceder a la RAI sin solapamientos. Cumplir los requisitos de uno solo es suficiente:

  • Desempleados mayores de 45 años: tener al menos 45 años, llevar inscrito como demandante mínimo 12 meses ininterrumpidos y haber agotado el paro o subsidio previo.
  • Víctimas de violencia de género o doméstica: acreditadas mediante orden de protección, sentencia o informe de servicios sociales. Sin edad mínima.
  • Personas con discapacidad ≥33%: reconocida por el IMSERSO o el órgano autonómico equivalente.
  • Emigrantes retornados: mayores de 45 años con al menos 6 meses trabajados en el extranjero en los últimos 12 meses antes del retorno.

Requisitos económicos: ahorros y rentas

Para acceder a la RAI no puedes tener rentas propias mensuales que superen el 75% del SMI. Actualmente, eso significa que tus ingresos personales no pueden superar aproximadamente 855 € al mes.

Si convives con familia, también se valora la unidad familiar: las rentas totales divididas entre el número de miembros tampoco pueden superar ese 75% del SMI por persona.

⚠️ Atención con la unidad familiar Si tu cónyuge tiene un sueldo elevado, te denegarán la RAI aunque tú estés sin ingresos. El SEPE suma todas las rentas del hogar y divide entre los miembros computables.

Cómo solicitar la RAI paso a paso

  1. Llevar al menos 12 meses inscrito como demandante de empleo ininterrumpidamente en tu comunidad autónoma.
  2. Presentar la solicitud al SEPE: online en sede.sepe.gob.es, por correo postal o presencial con cita previa.
  3. Aportar documentación: DNI/NIE, libro de familia, certificado de empadronamiento, declaración jurada de rentas, justificantes de búsqueda activa.
  4. Firmar el compromiso de actividad (acciones formativas, búsqueda activa, disponibilidad).
  5. Esperar la resolución del SEPE (~15 días hábiles).
  6. El primer ingreso llega el mes siguiente al de aprobación, entre los días 10-15.
✅ Consejo práctico Antes de pedir la RAI, comprueba que has agotado todos los subsidios anteriores. Si aún tienes derecho al subsidio por desempleo mensual, cobra primero ese antes de pasar a RAI: es más alto en algunos casos.

Compatibilidad de la RAI con trabajo

SituaciónCompatibilidad
Trabajo a tiempo completoNO compatible (suspensión)
Trabajo a tiempo parcialCompatible con deducción proporcional
Curso o formación pagadaCompatible (becas no descuentan)
Trabajo eventual o por horasSuspensión los días trabajados
Pensión contributivaNO compatible
Subsidio por desempleoNO compatible (debes elegir uno)

Errores que te dejan sin RAI

  • Solicitar la RAI sin haber agotado prestaciones o subsidios previos.
  • No estar inscrito como demandante de empleo el tiempo mínimo (12 meses ininterrumpidos).
  • Tener rentas propias o familiares por encima del umbral.
  • No renovar la demanda de empleo dentro de plazo (sellar el paro).
  • No comunicar un trabajo o un cambio de situación al SEPE.
  • Haber rechazado una oferta de empleo adecuada.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra exactamente la RAI?
La RAI es del 80% del IPREM. Actualmente, eso supone aproximadamente 480 € al mes durante 11 meses por cada ciclo de protección.

¿Cómo solicitar la Renta Activa de Inserción?
Estar al menos 12 meses inscrito como demandante de empleo antes de solicitarla. Presentación: sede.sepe.gob.es, correo o presencial con cita previa. Aporta DNI, libro de familia, declaración de rentas y certificado de empadronamiento.
¿Quién puede pedir la RAI?
Mayores de 45 años con paro de larga duración, víctimas de violencia de género, personas con discapacidad ≥33% y emigrantes retornados. Cada colectivo tiene requisitos específicos pero no son acumulativos.
¿Puedo solicitar la RAI si tengo ahorros?
No, uno de los requisitos es no tener rentas propias superiores al 75% del SMI ni que la unidad familiar supere ese umbral por miembro.
¿Cuántas veces puedo cobrar la RAI?
Hasta 3 veces en toda tu vida laboral. Cada ciclo de 11 meses cuenta como una vez y debe transcurrir al menos 1 año entre ciclos.
¿La RAI cotiza para la jubilación?
No. La RAI no genera cotización a la Seguridad Social, a diferencia de la prestación contributiva o algunos subsidios.
¿Puedo trabajar mientras cobro la RAI?
Sí, con compatibilidad limitada: si trabajas a tiempo parcial deduces lo que ganes proporcionalmente. Si trabajas a jornada completa pierdes la RAI ese mes.
¿Qué pasa si me sale un contrato corto?
Suspendes la RAI durante el contrato (no pierdes los meses no cobrados) y al terminar puedes reanudarla, siempre que sigas cumpliendo requisitos.
¿Cuándo se cobra cada mes?
La RAI se ingresa entre los días 10 y 15 del mes siguiente al devengado. Es decir, la mensualidad de enero llega entre el 10-15 de febrero.

Si tu situación encaja en cualquiera de los cuatro colectivos protegidos y llevas tiempo sin ingresos, vale la pena tramitar la RAI: son ~480 €/mes durante 11 meses, suficientes para cubrir necesidades básicas mientras buscas trabajo. Pide cita en el SEPE al 900 81 24 00 o tramítala online si tienes Cl@ve.

Sobre este contenido
Revisado por nuestro equipo editorial especializado en derecho laboral y prestaciones de la Seguridad Social. La información se actualiza al detectar cambios normativos relevantes (SEPE, INSS, BOE). Para casos particulares consulta siempre con un profesional autorizado o pide cita previa en el SEPE.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir